Cómo establece la Ley de Contrato de Trabajo el pago de las vacaciones
La Ley de Contrato de Trabajo fija con precisión cómo deben pagarse las vacaciones y cuántos días le corresponden a cada trabajador según su antigüedad. La normativa define el derecho al descanso anual, el cálculo de la remuneración y las obligaciones del empleador durante ese período.
El régimen general establece que quienes cumplan al menos seis meses de trabajo acceden a 14 días corridos. Entre cinco y diez años de antigüedad, el descanso sube a 21 días, mientras que quienes superan la década y no alcanzan los veinte años reciben 28 días corridos. A partir de los veinte años de servicio, la ley reconoce 35 días corridos.
Estos días deben gozarse en períodos continuos y dentro de un plazo específico: entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Además, el empleador debe comunicar el inicio con 45 días de anticipación.
Cómo se determina la fecha de inicio
El descanso anual debe comenzar un lunes, o el día hábil siguiente si ese lunes fuera feriado. En regímenes donde se trabaja fines de semana, el inicio coincide con el día hábil posterior al comienzo del descanso semanal.
La ley también prohíbe sustituir vacaciones por dinero, salvo en casos de desvinculación antes de que el trabajador las utilice.
Cómo se calcula el pago de las vacaciones
La remuneración vacacional se liquida de manera distinta según el tipo de contrato. Quienes cobran sueldo mensual reciben el equivalente al salario dividido por 25, multiplicado por los días de vacaciones. Es un concepto adicional que debe abonarse antes del inicio del descanso y discriminado en el recibo.
Para trabajos por día u hora, se paga lo mismo que el trabajador cobra habitualmente. En tareas variables, como comisiones o destajo, se toma el promedio del último año o de los últimos seis meses, según elección del empleado.
Qué conceptos deben incluirse en el cálculo
El pago debe contemplar todo lo que el trabajador cobra de manera habitual: antigüedad, adicionales, tareas extraordinarias y otros conceptos ordinarios o extraordinarios. La intención es que el ingreso no se vea reducido durante el receso.
Quiénes están alcanzados por la ley
El régimen aplica a trabajadores registrados en relación de dependencia, ya sea en el sector privado o estatal. No incluye a autónomos ni a quienes se desempeñan de manera informal.
Durante los primeros seis meses, el trabajador obtiene un día de descanso cada veinte días trabajados, y recién después ingresa al esquema general.
Algunos convenios colectivos ofrecen beneficios superiores a la Ley 20.744. Judiciales, farmacéuticos y encargados de edificios tienen esquemas ampliados que contemplan más días según antigüedad y características de la actividad.
La normativa es estricta en cuanto a obligaciones: el empleador no puede interrumpir el receso ni exigir tareas durante el período de vacaciones, salvo excepciones legales. Cualquier incumplimiento habilita reclamos administrativos o judiciales.

