El Poder Judicial de Tucumán informó de un novedoso fallo que tuvo en cuenta la perspectiva de género para rechazar el cobro de un pagaré. Aunque en primera instancia el documento fue validado, la mujer apeló que este fue firmado en un contexto de violencia de género.

Los doctores Carlos Courtade y Gisela Fajre, Vocales de la Sala I de la Cámara de Documentos y Locaciones, determinaron que, si bien el pagaré cumplía todos los requisitos formales para ser cobrado, la deuda exigida no era real, sino producto de amenazas. De esta manera, la demanda de su expareja por la suma de U$S 8.000 quedó sin efecto.

El pagaré fue emitido en blanco como producto de la presión o amenazas ejercidas en un contexto de violencia familiar, lo que determina la inhabilidad del título para su ejecución”, detalló el fallo. Además, dicho instrumento fue firmado mientras se encontraba vigente una medida de prohibición de acercamiento en contra del hombre.

De acuerdo a fuentes oficiales, la decisión de la Cámara contó con pruebas aportadas por la demandada, quien ofreció copias de diferentes juicios tramitados en el Fuero Penal y en el de Familia, que están vinculados a los abusos que atravesó. De esta manera, aunque este tipo de pruebas no son admitidas en los procesos ejecutivos, como este caso, los Vocales adoptaron una visión integral que incluía el contexto en el que se generó el pagaré y atendieron a los argumentos que pedían analizar este caso con perspectiva de género.