La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario presentado por Facundo Manes y dejó sostenido el sobreseimiento del asesor presidencial Santiago Caputo en la causa por presuntas amenazas. El expediente se había iniciado tras un cruce ocurrido durante la apertura de sesiones ordinarias del Congreso en marzo de 2025. La resolución fue adoptada por unanimidad por la Sala IV del máximo tribunal penal del país.

Los jueces Javier Carbajo, Mariano Borinsky y Gustavo Hornos declararon inadmisible la impugnación de la querella. Para los camaristas, el planteo no logró demostrar una cuestión federal que habilitara la intervención de la Corte Suprema. También señalaron que los argumentos de la parte denunciante expresaban una posición distinta sobre el caso, pero no alcanzaban para abrir una instancia extraordinaria.

El argumento de los jueces

En la resolución, la Sala IV sostuvo que quien busca llegar a la instancia extraordinaria debe refutar todos los fundamentos de la decisión apelada. Además, debe demostrar que el fallo cuestionado afecta derechos federales invocados en el recurso. Según el tribunal, ese requisito no se cumplió en el planteo presentado por la querella de Manes.

Los magistrados también descartaron que el caso encuadre en un supuesto de arbitrariedad. Consideraron que la decisión anterior estaba razonablemente fundada y que no correspondía habilitar una revisión excepcional. En la misma línea, rechazaron el argumento de gravedad institucional utilizado por la querella.

Para los jueces, la invocación de gravedad institucional no reemplaza la falta de una cuestión federal concreta. Además, remarcaron que no todo expediente con repercusión pública configura, por sí mismo, un caso de gravedad institucional. Con ese criterio, el tribunal acompañó la postura del Ministerio Público Fiscal y declaró inadmisible el recurso.

La denuncia de Manes

La causa comenzó por una denuncia del entonces diputado nacional Facundo Manes contra Santiago Caputo. El episodio ocurrió durante la apertura de sesiones ordinarias del Congreso, cuando el asesor presidencial se encontraba en uno de los palcos y el legislador estaba en su banca. Según Manes, Caputo realizó gestos que interpretó como intimidatorios.

El exdiputado también afirmó que, una vez terminada la ceremonia, el asesor presidencial lo interceptó en los pasillos de la Cámara de Diputados. En su denuncia sostuvo que se acercó de manera intimidante y le dirigió expresiones amenazantes. También mencionó empujones y golpes que, según planteó, no quedaron registrados por las cámaras de televisión.

La defensa de Caputo negó que hubieran existido amenazas o conductas con relevancia penal. También remarcó que tanto la fiscalía de primera instancia como el Ministerio Público Fiscal habían concluido que los hechos denunciados no configuraban delito. El expediente fue archivado en primera instancia y luego esa decisión fue confirmada en distintas instancias judiciales.

Un cruce político sin delito penal

Al revisar el caso, los camaristas ya habían sostenido que los hechos denunciados no configuraban el delito de amenazas previsto en el artículo 149 bis del Código Penal. En esa oportunidad, señalaron que el episodio debía interpretarse como un contrapunto entre dirigentes de distintas fuerzas políticas. También marcaron que el hecho se produjo dentro de un contexto de discusión parlamentaria.

La Sala IV entendió que las expresiones atribuidas a Caputo, aun si hubieran existido en los términos planteados por la querella, no alcanzaban la entidad necesaria para convertirse en una amenaza penalmente relevante. Para los jueces, se trató de una situación atravesada por tensión política, nerviosismo y altercado verbal.

Con el rechazo del recurso extraordinario, el sobreseimiento de Santiago Caputo quedó firme en Casación. De todos modos, la querella todavía puede intentar un recurso de queja ante la Corte Suprema. Esa sería la última vía para buscar que el máximo tribunal revise el expediente.