Cuáles fueron las modificaciones en la Constitución jujeña que generaron las protestas
La aprobación de la reforma constitucional por parte de la Convención Constituyente generó una oleada de protestas y una escalada de violencia y represión en toda la provincia de Jujuy. Las manifestaciones se centraron en tres puntos específicos que son objeto de controversia: el 50, el 36 y el 67.
Posesión de tierras de pueblos originarios
El artículo 50 de la nueva Constitución aborda los “derechos y garantías de las comunidades de los pueblos originarios”. Según su redacción original, este segmento establece que “esta Constitución reconoce la preexistencia étnica y cultural de las comunidades originarias y pueblos indígenas de Jujuy y garantiza el respeto a su identidad, espiritualidad, herencia cultural, conocimientos ancestrales y el derecho a una educación bilingüe e intercultural”. Además, afirma que “el Estado es el encargado de reconocer tanto la personería jurídica de las comunidades dentro del territorio provincial como la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan”. Esto último desató la preocupación y el reclamo de las comunidades originarias jujeñas.
Sin embargo, tras las protestas, se decidió volver al texto de la Constitución de 1986, que establece la “protección a los aborígenes” y la necesidad de una legislación adecuada para su integración y progreso económico y social.
Propiedad privada
Por otro lado, el artículo 36 también ha generado polémica. Este se refiere al “Derecho a la propiedad privada”. La redacción original de la nueva Constitución reconocía “el derecho a la propiedad privada. Toda persona puede usar, gozar y disponer de sus bienes”. Sin embargo, tras las protestas, se ha decidido regresar al texto de la Constitución de 1986, que establece que el ejercicio de este derecho debe ser regular y no puede oponerse a la función social ni perjudicar la salud, seguridad, libertad o dignidad humanas.
Piquetes y cortes de ruta
El tercer artículo en discusión es el número 67, relacionado con los piquetes. El gobernador Morales mantuvo una postura firme en este punto. Según sus declaraciones, “la prohibición de los cortes de ruta es una convicción”. En el proyecto de la nueva Constitución, este artículo, titulado “El derecho a la paz social y la convivencia democrática pacífica”, establecía que “el Estado debe asegurar que las personas ejerzan sus derechos sin avasallar los derechos de otros, y garantiza la libre circulación de las personas”. Sin embargo, se ha señalado que esta redacción es una declaración de principios que requerirá ser ratificada por una ley en el futuro, sobre todo porque impediría las manifestaciones y expresiones populares en las calles.