El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, aprobó una guía destinada a establecer criterios comunes para que las fiscalías federales investiguen posibles procesos de radicalización violenta antes de que deriven en un atentado. El documento incorpora indicadores de riesgo, pautas para el análisis de entornos digitales y herramientas para coordinar investigaciones entre distintas áreas especializadas. Al mismo tiempo, la Procuración establece límites para evitar que expresiones ideológicas, religiosas o políticas sean consideradas por sí solas indicios de un delito.

La guía fue elaborada por la Secretaría de Análisis Integral del Terrorismo Internacional (SAIT) y la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), con aportes de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI). Las áreas están encabezadas por Juan Manuel Olima Espel, Armando Antao Cortez, Santiago Marquevich y Horacio Azzolin. El instructivo tendrá carácter orientador para los fiscales y deberá actualizarse de manera periódica.

El planteo central consiste en analizar el terrorismo como un proceso que puede incluir distintas etapas anteriores a la comisión de un ataque. Entre ellas aparecen la difusión de propaganda, el reclutamiento, la planificación y determinadas formas de apoyo logístico. La intervención judicial, sin embargo, deberá continuar sustentándose en conductas que puedan tener relevancia penal y en evidencia obtenida de acuerdo con las garantías procesales.

Una matriz para evaluar distintos niveles de riesgo

La Procuración incorporó una matriz de indicadores progresivos para ordenar la información obtenida durante una investigación. El esquema contempla cinco categorías: teorías conspirativas y polarización social, identificación con ideologías extremistas, escalada discursiva, extremismo violento y movilización hacia la comisión de delitos. La presencia de varias señales puede llevar a incrementar el nivel de análisis, pero ninguna tiene valor incriminatorio de manera aislada.

El documento ubica los niveles de evaluación entre categorías de riesgo medio y crítico. A medida que aparecen elementos vinculados con preparativos concretos, amenazas o acciones destinadas a facilitar hechos violentos, los fiscales pueden considerar medidas adicionales. Cada decisión deberá evaluarse según el contexto y contar con intervención judicial cuando implique restricciones de derechos.

La guía cita estadísticas internacionales para señalar la creciente importancia de los denominados actores solitarios y de los procesos de radicalización desarrollados en internet. De acuerdo con los datos incluidos en el Terrorism Global Index 2026, el 93% de los ataques terroristas fatales registrados en Occidente durante los cinco años considerados habría sido cometido por personas que actuaron de esa manera. El instructivo utiliza esas cifras como parte del diagnóstico para reforzar la observación de etapas previas a un eventual ataque.

Redes sociales, comunidades cerradas y videojuegos

Una sección específica analiza el uso de plataformas digitales por parte de organizaciones o individuos que buscan captar a jóvenes y adolescentes. El documento describe procesos que pueden comenzar en espacios abiertos y trasladarse posteriormente hacia conversaciones privadas o comunidades cerradas. Allí pueden aparecer mecanismos de pertenencia, reconocimiento y construcción de identidad utilizados para acercar progresivamente a una persona a discursos que legitiman la violencia.

La guía aclara expresamente que los videojuegos y las plataformas digitales no constituyen por sí mismos un factor de radicalización. El punto de atención está en la utilización que determinados actores puedan hacer de las herramientas de comunicación, interacción y formación de comunidades disponibles en esos espacios. El análisis debe concentrarse en las conductas concretas y su evolución, no en la plataforma utilizada.

El proceso puede incluir una etapa denominada «apertura cognitiva», en la que una persona comienza a modificar de manera profunda sus referencias previas. El texto menciona factores como aislamiento, crisis personales o búsqueda de pertenencia como situaciones que pueden ser aprovechadas por organizaciones extremistas. Ninguna de esas circunstancias, tomadas individualmente, permite considerar que existe una conducta terrorista.

Qué herramientas podrán utilizar los fiscales

La metodología propone combinar siete áreas de investigación: análisis financiero, forense digital, vigilancia física y electrónica, fuentes abiertas, técnicas especiales, evidencia material y testimonios. La información obtenida debe evaluarse en conjunto para construir una hipótesis y determinar si existen elementos suficientes para avanzar. El instructivo advierte que ninguna herramienta o indicador puede justificar por sí solo una imputación.

Las medidas intrusivas, como una detención, el secuestro de dispositivos o determinados mecanismos de vigilancia, requieren fundamentos concretos y autorización judicial cuando corresponda. La guía recomienda además mantener una evaluación coordinada entre fiscales, fuerzas de seguridad y especialistas cuando el nivel de riesgo sea elevado. La intensidad de la respuesta deberá guardar relación con las evidencias existentes.

Los datos aportados por organismos de inteligencia nacionales o extranjeros tampoco podrán ser utilizados directamente como prueba. Podrán funcionar como «notitia criminis», es decir, como información inicial capaz de dar origen a una investigación. Posteriormente será necesario obtener evidencia independiente que confirme o descarte las sospechas.

Los límites para evitar investigaciones indebidas

El documento dedica un apartado a las garantías constitucionales y establece que la libertad de expresión, culto, asociación e intimidad deben permanecer protegidas. La adhesión a una ideología, la nacionalidad, la religión, el origen étnico o la crítica a instituciones públicas no pueden ser utilizados como fundamento suficiente para una intervención penal. La guía recomienda evitar expresamente la «criminalización indebida de conductas ambiguas».

«Ningún indicador, considerado de manera aislada, resulta suficiente para acreditar la existencia de un delito ni habilita por sí la adopción de medidas intrusivas», establece el texto. También exige respetar los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en cada actuación. La valoración final quedará en manos del fiscal responsable de cada expediente.

Por instrucción de Casal, el contenido será difundido entre las fiscalías federales y formará parte de instancias de capacitación. La intención es contar con criterios comunes para evaluar información vinculada con posibles procesos de radicalización sin modificar las exigencias legales necesarias para iniciar una investigación penal. El esquema podrá actualizarse a medida que cambien las modalidades utilizadas en entornos digitales.