La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dejará de intervenir en la importación de ciertos productos de salud destinados a uso personal, como cosméticos o higiene. Esta medida se suma a los cambios que el organismo ha venido implementando en el último tiempo en lo que refiere a la adquisición de artículos determinados.

El objetivo es simplificar procesos y maximizar la eficiencia en la gestión pública, tal como planteó a principio de este mes, cuando anunció a través de la normativa N° 2857/2025 que eliminaba los controles ejercidos para la importación de productos médicos que pueden ser utilizados directamente por los pacientes, sin necesidad de prescripción profesional.

La medida se hizo efectiva con la publicación de la disposición 3562/2025 en el Boletín Oficial. De acuerdo con lo dispuesto, entre los productos que ya no requerirán la intervención de la ANMAT para su importación figuran los cosméticos, productos domisanitarios de venta libre, productos de higiene oral de uso odontológico y productos higiénicos descartables de uso externo.

El organismo de control aclaró que a partir de esta flexibilización, la importación y utilización de dichos productos, quedarán bajo la exclusiva responsabilidad del usuario final. Esto significa que las personas que importen estos artículos asumirán los riesgos y consecuencias que puedan surgir a raíz de su adquisición y el uso de los mismos. En paralelo, establecieron: Se encuentra prohibida la comercialización y/o utilización, con fines de lucro y/o distribución gratuita, de estos.

Con esta medida, los que podrán importarse bajo esta modalidad, son:

  • pastas dentales y enjuagues bucales,
  • pañales descartables para bebés y adultos,
  • toallitas femeninas,
  • protectores diarios y absorbentes de leche materna,
  • tampones,
  • colectores del flujo menstrual, incluida la copa menstrual.