Cuántos votos necesitan los candidatos para celebrar en primera vuelta
El próximo 22 de octubre se llevarán a cabo las elecciones generales en la Argentina, donde competirán cinco candidatos. Los ciudadanos votarán a su próximo presidente, vicepresidente, diputados y senadores nacionales y representantes del Parlasur. Tras las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), cinco fórmulas lograron el porcentaje necesario para participar de los comicios definitivos.
Los cinco candidatos que competirán para suceder a Alberto Fernández, a partir del 10 de diciembre, serán: el diputado nacional de La Libertad Avanza (LLA), Javier Milei. La exministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich (Juntos por el Cambio). El ministro de Economía, Sergio Massa (Unión por la Patria). El gobernador y candidato de Hacemos Unidos por Nuestro País, Juan Schiaretti; y la abogada de derechos humanos, Myriam Bregman (PTS), por el Frente de Izquierda-Unidad.
Para acceder al sillón de Rivadavia, el candidato debe obtener el 45% de los votos afirmativos. En caso de que un candidato llegue al 40% de los votos válidos, debe hacerlo con una diferencia de al menos 10 puntos del segundo. Una regla de tres simple permite especular un escenario. De repetirse la participación de las PASO y la cantidad de votos afirmativos, el ganador de las elecciones necesitaría alrededor de 10.470.000 votos para llegar al 45% del total.
Eventual balotaje
En el mismo escenario, para llegar al 40% de los votos se necesitan 9.307.717 votos. El 30% (10 puntos menos) serían 6.980.000 sufragios. Los números aumentan en caso de que la participación sea mayor (en agosto hubo 23.269.294 votos afirmativos). Según lo establece el calendario de la Cámara Nacional Electoral (CNE), una posible segunda vuelta electoral está programada para el domingo 19 de noviembre. Esto se debe a que, en caso de que sea necesario, el balotaje se llevará a cabo entre las dos fórmulas de candidatos más votadas, dentro de los 30 días posteriores a la celebración de la elección previa, tal como lo indica el artículo 96 de la Constitución Nacional.
