Veda electoral: te contamos qué se puede hacer y qué se encuentra prohibido
Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) se llevarán a cabo el próximo domingo 13 de agosto. Desde las 8 de este viernes comienza la veda electoral. A partir de ese momento, se prohibirá el reparto de boletas y las actividades proselitistas, entre otras actividades. La veda se extenderá durante todo el próximo fin de semana y recién se levantará a las 21 horas, del domingo 13 de agosto. Es decir, tres horas después de que hayan cerrado los centros de votación.
Según la información oficial del Gobierno:
- Se prohíbe realizar actos públicos de campaña, el proselitismo electoral incluidos los avisos publicitarios y el reparto de boletas y la apertura y funcionamiento de locales partidarios. La medida vale también para los posteos en redes sociales y la actividad online destinada a promover el voto de un candidato en particular.
- Se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo.
- La venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 20 del sábado.
- La portación de armas está prohibida durante la veda electoral
- Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
De cuánto es la multa por no ir a votar en las PASO
En Argentina el voto en las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) es obligatorio para todos los argentinos. Ya sean nativos o por opción, y que tengan entre 16 y 70 años. Sin embargo, mucha gente no asiste a las urnas y no sabe que esto conlleva una consecuencia: una multa.
Según consta en el artículo 125 de la Constitución Nacional, “se impondrá una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años que dejaré de emitir su voto y no justifique su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección”.
En consecuencia, las multas por no votar son las siguientes:
- Si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar: $50;
- Si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar: $100;
- Si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar: $200;
- Si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar: $400;
- Si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.
Cabe destacar que aquellos ciudadanos y ciudadanas que no abonen esa multa quedarán registrados como infractores. Esto implica que no pueden hacer trámites durante un año, como obtener el pasaporte, y tampoco pueden ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.