El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires confirmó la condena a Claudio Contardi por el abuso sexual contra Julieta Prandi. Los jueces Manuel Alberto Bouchoux y María Florencia Budiño rechazaron los principales planteos de la defensa, aunque redujeron la pena de 19 años a 18 años y 6 meses de prisión.

La resolución fue dictada tras el recurso presentado por el abogado Fernando Sicilia. La defensa había cuestionado distintos aspectos del juicio realizado ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de Campana y también había solicitado la prisión domiciliaria para Contardi.

Uno de los principales planteos buscaba anular el juicio. Según la defensa, Contardi no había sido informado correctamente sobre la posibilidad de ser juzgado por un jurado popular.

Bouchoux rechazó ese argumento. El juez señaló que Contardi había firmado la presentación mediante la cual su entonces abogado había aceptado un juicio ante un tribunal colegiado y recordó que el acusado estuvo presente en la audiencia preliminar donde se analizó la modalidad del proceso.

Budiño adhirió a esa postura. La magistrada consideró que no correspondía reabrir una cuestión que ya había sido planteada, resuelta y consentida durante el proceso.

Los jueces también rechazaron los cuestionamientos sobre la defensa técnica, la precisión de los hechos y la valoración de las pruebas. Casación consideró que la condena no se basó solamente en el relato de Prandi, sino también en testimonios, pericias y otros elementos incorporados a la causa.

Según la sentencia, los abusos ocurrieron de manera reiterada entre julio de 2015 y marzo de 2018, durante el matrimonio entre Prandi y Contardi. La defensa había cuestionado que no se precisaran los días y horarios de cada episodio.

Sin embargo, Bouchoux consideró que no era razonable exigir una reconstrucción exacta de cada agresión. También sostuvo que el matrimonio no permite presumir el consentimiento sexual.

Otro de los planteos rechazados estuvo relacionado con la agravante por grave daño a la salud mental. Para el juez, las declaraciones de profesionales y la pericia oficial permitieron acreditar la afectación psicológica y su relación con los hechos denunciados.

La defensa sí logró una reducción de la pena. Bouchoux entendió que el Tribunal Oral de Campana no había fundamentado de manera suficiente una de las agravantes utilizadas para establecer la condena de 19 años.

Se trataba de la agravante vinculada con “La actitud asumida por el imputado con posterioridad al hecho y sus características”. Por ese motivo, el juez propuso excluirla y reducir la pena.

Con la adhesión de Budiño, Casación fijó la condena de Claudio Contardi en 18 años y 6 meses de prisión. El tribunal mantuvo el resto de la sentencia, incluido el agravante por el contexto de violencia de género.

Contardi seguirá detenido. Casación también rechazó el pedido de la defensa para reemplazar la detención por una medida menos gravosa.

Bouchoux consideró que la condena, aunque todavía no estuviera firme, aumentaba el riesgo de fuga. Además, sostuvo que los argumentos relacionados con sus hijos, su actividad laboral y su arraigo no eran suficientes para justificar una medida alternativa.