Ganancias: el nuevo régimen limitará las fiscalizaciones de ARCA a la última declaración jurada
El proyecto de ley que impulsa el Gobierno nacional prevé un cambio de fondo en el esquema de control tributario. Quienes se adhieran al régimen simplificado del impuesto a las Ganancias solo podrán ser fiscalizados en función de su última presentación ante ARCA.
La propuesta, incluida en la reforma tributaria presentada ante Diputados, establece que las deudas prescriben a los tres años y que el fisco no podrá examinar períodos anteriores a la declaración jurada más reciente. Con esto, el oficialismo busca generar un “tapón fiscal” que otorgue previsibilidad a los contribuyentes.
Presunción de buena fe y límite al retroceso fiscal
Según explicaron fuentes oficiales, la medida responde a la lógica de presunción de exactitud: «Presumimos la buena fe de la gente y hasta que ARCA no determine que un contribuyente miente, se considera real la declaración jurada».
Este principio regirá exclusivamente para quienes acepten el modelo simplificado del impuesto. Para acceder, deberán cumplir con requisitos precisos de ingresos y patrimonio, y mantenerse dentro del nuevo esquema sin presentar inconsistencias.
Quiénes podrán ingresar al régimen simplificado
El nuevo régimen está dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos de hasta $1.000 millones anuales y un patrimonio inferior a los $10.000 millones. Las condiciones deberán verificarse en el año previo al de la adhesión y también en los dos años anteriores.
Esta exigencia busca impedir maniobras de transferencia de activos para encuadrarse dentro de los parámetros del sistema. Desde el Gobierno aclararon que ARCA podrá sumar condiciones adicionales, como la verificación del origen de los ingresos, en caso de considerarlo necesario.
Efecto liberatorio y control limitado
El régimen funcionará con una declaración jurada propuesta por ARCA. Si el contribuyente la acepta y paga en tiempo y forma, obtendrá efecto liberatorio para ese período fiscal. Sin embargo, el beneficio se pierde si se detectan ingresos omitidos, deducciones indebidas o documentación apócrifa.
Además, el proyecto define el concepto de “discrepancia significativa”, que habilitará a ARCA a cuestionar una declaración cuando detecte una diferencia del 15% entre lo informado y lo constatado por el organismo.
Una oportunidad para regularizar deudas sin acción penal
El proyecto también incluye una “ventana por única vez” para que los contribuyentes con deudas fiscales eviten acciones penales. Si el pago se realiza antes de que ARCA formule una denuncia, se anula la posibilidad de juicio.
El artículo 11° establece que no se avanzará penalmente cuando las obligaciones tributarias —incluyendo intereses— sean canceladas en su totalidad y de manera incondicional, antes de que se active la vía judicial. Según el Gobierno, se trata de una oportunidad única para ponerse al día con el fisco sin consecuencias penales.
Segunda oportunidad con multa si ya hay denuncia
En los casos en que la denuncia penal ya esté presentada, el contribuyente podrá acceder a una segunda instancia de regularización. Pero deberá pagar la deuda, sus intereses y un 50% adicional, a modo de sanción económica.
Desde Casa Rosada explicaron que esta alternativa busca incentivar la resolución rápida de conflictos fiscales sin saturar el sistema judicial. «El objetivo es dejar atrás el paradigma persecutorio y construir un esquema recaudador con incentivos claros», señalaron.
Impacto esperado: fuerte caída en las causas penales
Actualmente, ARCA mantiene activas 6.652 denuncias penales por evasión. Con los nuevos criterios, solo 198 de esos casos continuarían vigentes, ya que el umbral para iniciar acciones se elevará a los 100 millones de pesos para evasión simple.
El oficialismo sostiene que estas modificaciones permitirán descomprimir el sistema judicial, facilitar la recaudación efectiva y promover un clima de mayor certidumbre entre los contribuyentes.
