Un hombre deberá pagar la cuota alimentaria de su sobrina en Tucumán: «Es algo excepcional»
En un fallo histórico en Tucumán, la jueza de Familia de Monteros, Dra. Mariana Rey Galindo, resolvió que un hombre deberá hacerse cargo del pago de la cuota alimentaria de su sobrina de 11 años, ya que ni el padre de la menor ni la abuela pueden cumplir con esa responsabilidad por no tener ingresos. La decisión se tomó el pasado lunes como una medida excepcional, con el objetivo de garantizar los derechos básicos de la menor mientras se resuelve el juicio principal.
La resolución del caso tiene como base la presentación del Defensor Oficial Civil y del Trabajo Itinerante, Dr. Agustín Acuña, quien solicitó la medida contra el tío luego de confirmar los vínculos familiares con las documentaciones correspondientes. La madre de la niña había manifestado que tanto el padre como la abuela paterna no cumplían con la obligación alimentaria y no tenían trabajo en relación de dependencia. El tío, en cambio, es empleado de la Policía de Tucumán y tiene ingresos fijos.
«La niña tiene una situación de salud la que hay que atender y, en esas circunstancias, es que la madre proporciona junto con el abogado el dato de que había un tío paterno que tenía mejores posibilidades y recursos como para hacer frente a esta situación. Es extraordinario, es algo que se va evaluando según las circunstancias. Decidimos de manera provisoria y por seis meses que sea el tío paterno quien se haga cargo de los alimentos a favor de la menor. El juicio sigue tramitándose y habrá que decidir si es que se mantiene o no esta obligación a cargo del tío», explicó la jueza.
En relación a cómo se procederá a realizar el pago de la cuota alimentaria, Rey Galindo indicó: «Nosotros contactamos a su empleador. Este hace el descuento correspondiente. Lo que sí tiene la posibilidad, el tío, es de apelar la sentencia. Eso lo resolverá la Cámara, no tiene efecto suspensivo. Mientras tanto, lo mismo debe pagar los alimentos».
Sin embargo, hasta el momento la medida no fue apelada por parte del hombre que afrontará la cuota alimentaria. “Es muy importante. Habla de la condición de un tío. No sé si establece la conformidad, pero por lo menos no ha apelado hasta el momento en cuanto al sueldo”, detalló la jueza.
La cuota provisoria fue fijada en un 12% del sueldo del tío. El dinero deberá depositarse en una cuenta del Juzgado hasta que se resuelva la responsabilidad definitiva del progenitor. La jueza destacó que se trata de una «medida excepcional» y resaltó la resolución del caso en favor del bienestar de la niña.
