La Justicia tucumana ordenó indemnizar a una mujer que fue despedida tras ser madre
La Sala III de la Cámara Laboral del Poder Judicial de Tucumán favoreció a una mujer que había sido despedida poco tiempo después de ser mamá. El fallo determinó que se le pague la indemnización completa por considerar que el acto fue discriminatorio.
El tribunal integrado por la Dra. Graciela Corai, el Dr. Carlos San Juan y el Dr. Sergio Molina, dio lugar a la demanda de una trabajadora y ordenó el pago de la totalidad de los montos indemnizatorios pretendidos. Esto se debió a que pudieron establecer “que la mujer había sido despedida de su empleo de forma discriminatoria”.
En este sentido, la Justicia entendió que el cese de la relación laboral “resultaba contrario a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), ya que la damnificada había sido madre en los meses anteriores” y que “la empresa empleadora tenía conocimiento de su estado”.
La sentencia reconoció lo detallado en el art. 178 de la LCT. La misma expresa que “los despidos dentro de los siete meses y medio previos o posteriores a un embarazo se considerarán discriminatorios por la condición de maternidad de la mujer trabajadora”. Asimismo, manifiesta que esto es aplicable también “en caso de despidos indirectos, donde de forma solapada se presiona a la trabajadora embarazada o maternando para forzar la extinción del vínculo laboral”.
