La Justicia Federal de San Martín emitió un fallo en contra de una prepaga, para revertir los aumentos aplicados a uno de sus afiliados. El cual se encuentra bajo las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70 de diciembre. El fallo cuestiona la «absoluta inconstitucionalidad» del DNU. Y fue en respuesta a la medida cautelar presentada por Luis Alberto Millet, un jubilado con diabetes tipo 1.

La decisión judicial establece que la prepaga Galeno Argentina S.A. debe limitarse a «efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en los términos del art. 17 (no sustituido) de la Ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva». Millet experimentó un aumento del 85% en su factura de diciembre de 2023 a enero de 2024 y se le notificó un nuevo aumento del 28,5% para febrero.

El juez consideró que estos aumentos colocan al jubilado en un «completo estado de incertidumbre» y generan un daño a sus derechos fundamentales. Como son el acceso a la salud y la propiedad privada. Cuestionó la constitucionalidad del DNU 70/2023, argumentando que no cumplió con el mecanismo constitucional adecuado y transgredió la Carta Magna.

El magistrado sostuvo que el decreto modificó el marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales. Derogando funciones de la Autoridad de Aplicación y omitiendo fiscalización sobre el cumplimiento de prestaciones y la razonabilidad de las cuotas. La decisión judicial se suma a otras medidas cautelares que buscan revertir aumentos realizados bajo el amparo del DNU 70/2023, destacando la preocupación por su posible inconstitucionalidad.