El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) confirmó la condena a cuatro años de prisión contra Germán Facchín, exintendente de Deán Funes, por su responsabilidad como instigador de un envenenamiento masivo ocurrido en abril de 2013. La Justicia consideró probado que empleados municipales distribuyeron cebos con una sustancia altamente tóxica en distintos puntos de la ciudad. El operativo provocó la muerte de 211 animales, principalmente perros, aunque también se registraron gatos, aves y otros ejemplares afectados.

La resolución ratificó el fallo dictado por la Cámara Octava del Crimen y dejó la sentencia con un «doble conforme», al haber sido confirmada por una instancia superior. Facchín continuará en libertad mientras permanezcan disponibles las vías extraordinarias de revisión judicial. Su defensa todavía puede recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Cómo fue el envenenamiento ocurrido en Deán Funes

Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 28 de abril de 2013. Según quedó acreditado en el juicio, empleados de la Municipalidad de Deán Funes distribuyeron en distintos sectores cebos elaborados con restos de carne y metomil, un producto químico de elevada toxicidad. Los animales ingerían las porciones y comenzaban a sufrir los efectos del envenenamiento poco después.

La investigación incorporó testimonios de vecinos, registros municipales y pruebas relacionadas con la utilización de vehículos oficiales y personal de inspección. Los jueces consideraron que la magnitud y simultaneidad del operativo demostraban que no se trató de acciones aisladas. También señalaron que la posición de Facchín dentro de la estructura municipal le permitía disponer de los recursos y del personal involucrado.

La sentencia original de 2022 describió el episodio como la matanza de animales más grave registrada durante aquel período en la ciudad. El tribunal destacó tanto la cantidad de ejemplares muertos como la utilización de una sustancia tóxica en espacios públicos. El metomil representaba además un riesgo para las personas que podían entrar en contacto con los cebos.

También fueron condenados cinco empleados municipales

El TSJ confirmó además las condenas contra Diego Oscar Allendes, Juan Santos Márquez, Darío Mercedes Palomeque, Pablo Daniel Palomeque y Roque Enrique Quinteros Nievas. Los cinco habían recibido penas de tres años de prisión en suspenso por su participación en el operativo. La Justicia les atribuyó una intervención directa en la distribución de los cebos envenenados.

Durante el proceso, las defensas cuestionaron aspectos como los horarios de los hechos, los vehículos utilizados, la identificación de los responsables y el manejo de las sustancias. Los planteos no lograron modificar las conclusiones centrales de la Cámara Octava del Crimen. El TSJ terminó ratificando las responsabilidades establecidas en el juicio.

El fallo también aplicó la Ley 14.346, que sanciona los malos tratos y actos de crueldad contra los animales. En los fundamentos de la sentencia original, los jueces remarcaron que la protección legal comprende su integridad física y su capacidad de sentir dolor. Esa interpretación tuvo un lugar relevante dentro del análisis jurídico del caso.

Un niño también resultó intoxicado

El uso de metomil en la vía pública generó consecuencias que excedieron la muerte de los animales. Durante el juicio se incorporó información sobre un niño que sufrió una intoxicación y debió ser trasladado de urgencia a la ciudad de Córdoba. El episodio fue utilizado para mostrar el riesgo que implicó la dispersión del producto en zonas transitadas.

El abogado querellante Pedro Despouy sostuvo que la decisión municipal surgió como una respuesta a la presencia de numerosos animales sueltos en Deán Funes. La Justicia consideró que ese problema no podía justificar el mecanismo elegido para eliminarlos. Los fundamentos también mencionaron antecedentes de denuncias vecinales por las condiciones en las que eran tratados algunos animales en dependencias municipales.

El caso atravesó más de una década de investigación, juicios y revisiones judiciales. La confirmación del TSJ acerca a Facchín al cumplimiento efectivo de la pena, aunque la condena todavía puede ser recurrida por vías federales. Si esas instancias no prosperan, el exintendente deberá cumplir los cuatro años de prisión impuestos por la Justicia cordobesa.