En el día de ayer, la Diócesis de la Santísima Concepción anunció que el sacerdote, Daniel Molina, fue inhabilitado por 10 años en su ministerio sacerdotal. El Monseñor José Antonio Díaz, obispo de Concepción, declaró que la medida fue tomada en respuesta a denuncias recibidas contra Molina por abuso sexual. 

La inhabilitación fue el resultado de un proceso canónico en el que el Padre Molina fue sometido y cuyo tribunal fue constituido por jueces ajenos a la diócesis y la provincia. Según el comunicado oficial, los jueces solicitaron la pena máxima que es la pérdida del estado clerical. Sin embargo, por intervención del obispado se redujo a la inhabilitación por 10 años, con la posibilidad de reducción a 7 años si Molina cumple con determinadas condiciones. 

La pena de inhabilitación significa que Molina no podrá ejercer otros oficios eclesiales y servicios pastorales mientras dure la pena, pero podrá celebrar la misa de manera privada sin la participación ni presencia de público. La desobediencia a la sentencia podría agravar la pena haciéndola incluso llegar a la dimisión del estado clerical. 

Por su parte, la Iglesia ha tomado medidas disciplinarias en lugar de sanciones criminales. Sin embargo, es probable que las autoridades civiles también investiguen las denuncias contra el Padre Molina.