Zulma Lobato le ganó un juicio por «daños y perjuicios» a Crónica TV
En el año 2011, Zulma Lobato visitó los estudios de Crónica TV para brindar una entrevista y poder promocionar su trabajo. Fuera de aire, la actriz sufrió una descompensación y tuvo que ser atendida por paramédicos. Lo que no sabía es que las cámaras del canal registraron toda la situación y luego difundieron las imágenes sin su consentimiento.
Meses después de haberse recuperado, Lobato inició una causa contra Crónica TV, el cual llegó a su fin de forma favorable para la mediática. «La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una demanda impulsada la artista Zulma Lobato por daños y perjuicios contra Estrellas Satelital S.A.- propietaria de la señal Crónica TV-, la conductora Anabela Áscar y el productor César Notaro», detalló Diario Judicial.
A su vez, este documento también precisa que «todas estas cuestiones pertenecen a la esfera privada de la Sra. D., y no se advierte qué interés socialmente relevante puede tener su difusión. Así las cosas, ante la ausencia de consentimiento por parte de la actora, es claro que en el curso de esa emisión se lesionaron el honor, la intimidad, y la imagen de la Sra. D».
Los jueces a cargo del caso dejaron en claro que la cantante se había presentado en las instalaciones de Crónica TV «con la finalidad, únicamente, de promocionar su trabajo». El comunicado también detalla que la transmisión «se vio impedida por el advenimiento de un episodio desafortunado, cuyo registro fílmico en ningún momento fue autorizado; y menos aún lo fue la posibilidad de reproducirlo y/o emitirlo en público».
Los camaristas Carlos Calvo Costa, Sebastián Picasso y Ricardo Li Rosi decidieron «confirmar la sentencia apelada en todo lo que decide y fue objeto de apelación y agravios, con costas de alzada a la recurrente». Con respecto al acuerdo económico, el comunicado indica que «la sentencia hizo lugar a la demanda promovida por Zulma Nélida Dekleva contra Estrella Satelital S.A. y, en consecuencia, condenó a esta última a abonar a la demandante la suma de $ 300.000 más intereses y costas».