Sigue la polémica sobre el supuesto aval del Tribunal Constitucional de saldar una deuda con sexo oral: el detalle no explicado
Las últimas horas fueron de polémica total luego de que se informara que la Justicia avala que saldar una deuda con sexo oral es legal en España. Sin embargo, se trata de una confusa interpretación. La noticia dio vuelta al mundo y, recientemente, algunos portales explicaron porqué se informó mal.
En este sentido, se aclaró que el Tribunal Constitucional no emitió opinión o veredicto alguno sobre la legalidad de saldar deudas mediante favores sexuales. Según detalla el sitio Magnet, ese nunca fue el objeto de interés en los tribunales.
El portal explica que lo que hizo la Justicia es denegar un recurso de amparo sobre un supuesto delito de coacción. De allí es que remarcó que la mala interpretación se dio, debido que al denegar esta petición de la víctima, se informó que el TC avala los favores sexuales para saldar deudas.
Cabe destacar que la causa se originó luego de que una mujer demandara a su excuñado de obligarla a practicarle sexo oral como saldo de una deuda de 15.000 euros. El Tribunal entendió que no fue obligada, sino que fue una relación consentida. Por esta razón, la causa no avanzó y es que se informó mal, dando a entender que la Justicia avalaba estas prácticas.