Qué establece el decreto que habilita el derribo de aeronaves durante la visita del papa León XIV
La visita del papa León XIV a la Argentina tendrá un operativo de seguridad que también incluirá el espacio aéreo. El Gobierno habilitó la posibilidad de derribar aeronaves declaradas hostiles entre el 8 y el 11 de noviembre, durante las actividades previstas en la Ciudad de Buenos Aires, Córdoba y Luján.
La medida quedó establecida en el decreto 1334/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial. La disposición lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Defensa, Carlos Presti, quien deberá autorizar cualquier decisión de derribo.
El texto oficial fundamenta el refuerzo de los controles en la presencia de numerosas autoridades nacionales y extranjeras, además de la convocatoria masiva de ciudadanos que se espera en los distintos encuentros. Según el decreto, esas circunstancias requieren medidas especiales para proteger los intereses nacionales y los objetivos considerados estratégicos.
En qué casos se podrá derribar una aeronave
La autorización no implica que cualquier aeronave que ingrese a una zona restringida pueda ser derribada. El decreto establece que la medida se aplicará exclusivamente ante vectores de origen externo declarados hostiles y tendrá como objetivo impedir que continúen su trayectoria.
Antes de llegar a esa instancia deberán agotarse distintos procedimientos de seguridad. El protocolo contempla la identificación de la aeronave, su interceptación, las advertencias correspondientes y la orden de aterrizaje. Además, la declaración de hostilidad deberá ser comunicada antes de considerar el uso de la fuerza.
El derribo fue definido como una acción de último recurso y necesitará la aprobación del ministro de Defensa. La normativa también ordena adoptar precauciones para evitar o reducir al mínimo los posibles daños a personas y bienes en tierra.
Qué diferencia establece para las aeronaves de origen interno
El decreto también delimita el alcance de la autorización según el origen de la aeronave. Las situaciones que involucren vuelos de origen interno quedarán bajo el régimen de la Ley de Seguridad Interior N.º 24.059 y sus modificaciones, que contempla el empleo de elementos de combate de las Fuerzas Armadas de manera excepcional y previa declaración del estado de sitio.
La disposición, en cambio, se encuadra en las atribuciones vinculadas con la Defensa Nacional. En ese marco, señala que el Comando Conjunto Aeroespacial coordina de manera permanente las actividades de defensa aeroespacial en todo el país durante tiempos de paz.
El Gobierno justificó la ampliación de las reglas de protección aeroespacial como una herramienta de disuasión y protección de las zonas donde se desarrollarán las actividades oficiales del papa. La vigencia de las medidas especiales se extenderá durante los cuatro días previstos para la visita.