«Crimen de lesa humanidad»: Milei denunciará al director de la OMS ante la Corte Penal Internacional

Mediante redes sociales, el presidente Javier Milei confirmó que evalúa denunciar al director general de la Organización Mundial de la Salud, Tedros Adhanom Ghebreyesus, ante la Corte Penal Internacional (CPI). El mandatario apuntó contra el líder del organismo por su gestión durante la pandemia al considerar que se cometieron delitos de lesa humanidad, y acciones que derivaron en «esclavitud «y actos inhumanos contra poblaciones civiles en todo el mundo. En esa línea, el presidente acusó a la entidad de violar el artículo 7 del Estatuto de Roma, entendiendo que el confinamiento y la vacunación obligatoria representó un «ataque generalizado» y sistemático contra la población civil.
La noticia sobre la denuncia se conoció ayer, luego de que el gobierno confirmara la salida de Argentina de la OMS, misma medida que tomó el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump. En paralelo, se espera una serie de medidas respecto de la gestión de la pandemia en Argentina, que involucrará desde auditorías hasta denuncias en tribunales locales. Milei busca que se investiguen los contratos de las vacunas, los decretos y resoluciones firmados por Alberto Fernández y sus ministros. La investigación también recaerá sobre el comité de expertos que asesoraron al Gobierno bajo el argumento de que se violaron garantías constitucionales y derechos humanos fundamentales por medio de los distintos protocolos.
El libertario cuestionó desde el inicio el tratamiento de la pandemia y las decisiones tomadas durante la gestión de Alberto Fernández. Según su planteo, las medidas adoptadas durante el confinamiento obligatorio trajo severas consecuencias en materia de fallecimientos, salud y un enorme impacto negativo en la economía, sobre todo en países de desarrollo medio y bajo.
Estatuto de Roma
Los incisos C y K del artículo 7 del Estatuto de Roma tipifica los crímenes de lesa humanidad. “A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por ‘crimen de lesa humanidad’ cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque”, establece el mismo. El inciso c penaliza el delito de esclavitud: “Se entenderá el ejercicio de los atributos del derecho de propiedad sobre una persona, o de algunos de ellos, incluido el ejercicio de esos atributos en el tráfico de personas, en particular mujeres y niños”. En tanto, el inciso k condena “otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física”.