Confirmaron el procesamiento al gendarme que hirió a Pablo Grillo: actuó «disparando contra personas»
La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de Héctor Guerrero, cabo primero de la Gendarmería Nacional, por el disparo de una granada de gas lacrimógeno que impactó en la cabeza del fotógrafo Pablo Nahuel Grillo durante la marcha en defensa de los jubilados realizada el 12 de marzo en las inmediaciones del Congreso. El hecho le provocó lesiones gravísimas que pusieron en riesgo su vida.
La decisión fue adoptada por la Sala II de la Cámara Federal, que además ratificó un embargo de 203 millones de pesos sobre los bienes del acusado y avaló la calificación legal provisoria. Lesiones gravísimas agravadas por abuso de la función, en concurso real con abuso de armas. Y reiterado en cinco oportunidades.
Las pruebas y la reconstrucción del disparo
En un voto conjunto, los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah rechazaron los argumentos de la defensa y consideraron acreditado que Guerrero “disparó seis veces” granadas de gas lacrimógeno, una de las cuales impactó en el cráneo de Grillo.
El tribunal sostuvo que las pruebas reunidas —videos periodísticos, filmaciones de drones, registros oficiales y peritajes médicos y balísticos— son coherentes y complementarias y permiten reconstruir con precisión la secuencia del hecho. En particular, destacaron que el tiro fue efectuado “de forma prácticamente horizontal, en dirección hacia los cuerpos de los manifestantes”. Una modalidad expresamente prohibida para ese tipo de armamento.
«Un patrón de conducta incompatible con un error»
Al descartar la tesis defensiva sobre la imprevisibilidad del disparo, los camaristas remarcaron que el carácter no preciso del arma no impide dirigir el tiro. Y que la reiteración del accionar demuestra “un patrón de conducta incompatible con un error o una contingencia”.
“La conducta asumida por el imputado de apuntar y disparar directa y reiteradamente contra personas evidencia un apartamiento de sus deberes característico del abuso funcional”, afirmaron. También rechazaron que existiera habilitación reglamentaria para disparar de ese modo. Citando el manual del fabricante y estándares internacionales, subrayaron que en ningún caso estos cartuchos deben ser disparados apuntando hacia personas por el alto riesgo de lesiones graves o muerte.
Disparos directos y alcance de responsabilidades
Sobre el impacto previo de la granada en una barricada de madera, la Cámara indicó que las filmaciones muestran que el proyectil atravesó la madera. Y continuó su trayectoria hasta impactar en la cabeza del fotógrafo. Asimismo, diferenció la conducta de Guerrero de la de otros agentes que dispararon con ángulo ascendente. Y concluyó que en este caso hubo disparos directos y horizontales hacia el conjunto de manifestantes.
En un voto concurrente, el camarista Roberto Boico consideró que los hechos ameritan profundizar la investigación sobre eventuales responsabilidades de las autoridades a cargo del operativo. Señaló que el agente tenía pleno conocimiento del carácter del arma. Así como la voluntad de disparar contra el grupo de personas que protestaba frente al Congreso. Y exponiéndolas a un peligro concreto de manera consciente y voluntaria.
El gendarme había sido procesado en primera instancia por la jueza María Servini. Y quien ahora quedó en condiciones de evaluar si da por concluida la investigación y eleva la causa a juicio oral.