La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de venta, elaboración y distribución de dos productos alimenticios en todo el país: un suplemento dietario a base de miel y una marca de pasas de uva jumbo sin semillas.

La medida se adoptó tras detectarse graves irregularidades en los registros sanitarios y el etiquetado, lo que impide determinar la procedencia real de ambos productos y compromete la seguridad alimentaria.

El primer caso corresponde a las pasas de uva marca Valle Encantado, cuya investigación comenzó luego de la denuncia de un consumidor que encontró una piedra dentro del envase adquirido en un local de San Clemente del Tuyú.

El Instituto Nacional de Alimentos (INAL) constató que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) impresos en el paquete no existen en los registros oficiales, por lo que el producto fue declarado apócrifo.

Disposición oficial y alcances de la medida

A través de la Disposición 7769/2025, la ANMAT resolvió “prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta online del producto rotulado como ‘Pasas de uva jumbo sin semillas, marca Valle Encantado’, en cualquier presentación, lote o fecha de vencimiento”.

El organismo explicó que la decisión busca proteger la salud pública frente a alimentos “falsamente rotulados y carentes de garantía sanitaria”, según lo dispuesto en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA).

Suplemento dietario sin procedencia verificada

El segundo caso involucra al suplemento dietario a base de miel marca Honey Natural Power, también suspendido por falta total de registro sanitario.

Según la Disposición 7768/2025, el producto “no posee identificación verificable del establecimiento elaborador ni del fabricante”, lo que viola la Ley N° 18.284, el Decreto N° 2126/71 y los artículos 6 bis y 13 del Código Alimentario Argentino, referentes a trazabilidad y rotulación.

Falta de controles y declaración de producto apócrifo

La ANMAT determinó que el suplemento se encuentra en infracción por carecer de todo respaldo técnico y sanitario, lo que impide confirmar su composición o procedencia.

Por ello, prohibió su comercialización “en todo el país y en plataformas digitales”, e instruyó la notificación inmediata a las autoridades provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para asegurar el retiro del mercado.

Control y fiscalización nacional

Ambas disposiciones se fundamentan en las facultades otorgadas por el Decreto N° 1490/92 y en el Sistema Federal de Gestión del Control de los Alimentos (SiFeGA), que coordina la supervisión entre el Estado nacional y las jurisdicciones locales.

La ANMAT recordó que estas medidas buscan prevenir riesgos sanitarios asociados con alimentos sin certificación o rotulados falsamente, que pueden poner en peligro la salud de los consumidores.

Los anexos publicados en el Boletín Oficial detallan los productos afectados y sus respectivas descripciones, con el objetivo de garantizar la rápida comunicación entre las autoridades competentes y los organismos de control del país.