La UIF actualizó umbrales y flexibilizó controles para fomentar el uso de dólares en efectivo
La Unidad de Información Financiera (UIF) publicó esta semana una nueva resolución que modificó los criterios de control para detectar operaciones relevantes con dólares en efectivo. El objetivo es acompañar la política del Gobierno nacional de fomentar el uso de divisas físicas fuera del sistema bancario formal.
Las modificaciones impactaron en múltiples sectores: registros públicos, entidades financieras, escribanos y concesionarios. En todos los casos, se elevaron umbrales, se flexibilizaron exigencias documentales y se introdujeron criterios de evaluación basados en el riesgo, en línea con recomendaciones internacionales del GAFI.
Ajustes en registros inmobiliarios
Uno de los cambios centrales fue la modificación del artículo 12 de la Resolución UIF N° 70/2011, que regula a los Registros de la Propiedad Inmueble. El nuevo texto elevó el umbral de 200 a 750 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) para reportar operaciones de compraventa.
Este ajuste respondió al encarecimiento general de los inmuebles y apunta a reducir la carga administrativa sobre operaciones de bajo riesgo, manteniendo el foco en las transacciones de mayor volumen económico.
Vehículos: nuevos montos y menor carga documental
En el caso de los registros automotores, la resolución modificó el artículo 16 de la Resolución UIF N° 127/2012, que ahora fija en $115 millones anuales el umbral a partir del cual debe elaborarse el Perfil del Cliente en operaciones de compraventa de vehículos.
Se eliminaron requisitos como la certificación contable y se amplió el abanico de documentación válida para acreditar origen de fondos: escrituras, extractos bancarios, comprobantes de ventas, y declaraciones de licitud. Ya no se aceptan declaraciones juradas impositivas.
Nuevas reglas para operaciones bancarias
Para las entidades financieras, la Resolución UIF N° 14/2023 también fue modificada. En depósitos en efectivo iguales o superiores a 40 SMVM, las entidades deberán realizar seguimiento reforzado y registrar datos completos de quien realiza la operación, incluso si actúa en nombre de un tercero.
Además, todas las transacciones en efectivo por ese monto o más deberán reportarse de forma sistemática, tanto en operaciones comunes como en compraventa de moneda extranjera, bajo las categorías RTE y RTEOC.
Perfiles y excepciones
Los nuevos lineamientos también ajustaron los criterios para el Perfil Transaccional, que debe elaborarse con documentación económica o patrimonial concreta. Ya no se aceptan declaraciones juradas como único respaldo, aunque se contemplan excepciones en operaciones con transferencias o cheques personales desde cuentas propias, o financiadas por créditos bancarios formales.
En simultáneo, la UIF suspendió por única vez la actualización automática de umbrales prevista en los artículos 16 y 26 de la resolución automotriz. El ajuste volverá a aplicarse recién en enero de 2026, según el Índice de Precios del Sector Automotor de ACARA.