Desde el Ministerio de Salud se aclaró que no quedan comprometidos la comercialización y consumo de carne aviar y productos derivados. Y que estos no representan riesgo alguno para la población, por eso se ha determinado la prohibición de «eventos y actividades recreativas que impliquen concentración y movimiento de aves domésticas, ornamentales y silvestres con cualquier motivo y finalidad«. La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial, y abarca a todo el territorio nacional.

Diana Guillen presidenta del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), comentó que se busca extremar medidas en esta emergencia sanitaria. También, que se ha dispuesto frenar “la distribución o venta de aves vivas en forrajerías, agropecuarias o veterinarias”.

La titular del SENASA advirtió que esta decisión obedece a la imposibilidad de chequear con documentación oficial de aves vivas. Por lo que, ante casos de incumplimiento de esta normativa podrá procederse al decomiso inmediato. Cabe destacar que desde el Ministerio de Salud aclaró que “la enfermedad no se transmite de los animales a las personas, por la ingesta de alimentos”.

Hasta este miércoles, el Senasa recibió 100 notificaciones de sospechas en aves silvestres y de traspatio muertas o con sintomatología. Entre las cuales, se detectaron 11 casos positivos confirmados (6 en Córdoba; 1 en Buenos Aires; 1 en Jujuy; 1 en Neuquén; 1 en Salta y 1 en Santa Fe).

Se restringe el acceso a parques y reservas naturales

La resolución también convoca a las autoridades de fauna provinciales a monitorear y limitar los accesos a espacios públicos. En especial, aquellos que favorezcan la dispersión de aves silvestres y su contacto con personas.

“Ante la notificación de aves con sintomatología compatible con la IAAP, dentro de áreas protegidas, se establecerán las medidas sanitarias necesarias. Las cuales permitan minimizar la dispersión de la enfermedad. Y, se trabajará en conjunto, entre la administración de parques nacionales y este Servicio Nacional» establece el texto oficial.

Limitaciones en el ingreso y traslado de genética aviar

Los ingresos de genética aviar deberán realizarse por vía aérea, a través del aeropuerto más cercano a la Unidad de Aislamiento. En ella, la remesa (aves de un día de vida y/o huevos fértiles) cumplirá el período de aislamiento post-ingreso en nuestro país”, señaló la disposición oficial. A su vez, el responsable de la operatoria deberá presentar un itinerario ante el SENASA para su autorización, previo a la entrada del material genético.

El tipo de transporte empleado deberá contar con un seguimiento satelital durante todo el recorrido dentro del país. Como así también, con el registro documental del itinerario del traslado, el cual deberá ser presentado una vez finalizado.

Luego de la descarga se procederá a efectuar “la limpieza, el lavado y la desinfección del vehículo utilizado para el traslado. Ya sea a través del arco de desinfección o por sistema manual de desinfección del establecimiento. Y, posteriormente, deberá dirigirse al lavadero de camiones habilitado más cercano”.