El Gobierno fijó el nuevo salario mínimo: cuánto será desde septiembre y los aumentos hasta 2027
El Gobierno fijó en $383.800 el Salario Mínimo, Vital y Móvil que regirá desde septiembre de 2026 para los trabajadores que cumplen la jornada legal completa. El nuevo valor fue establecido por la Resolución 4/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y contempla aumentos mensuales hasta abril del próximo año.
El esquema definido establece ocho incrementos consecutivos y llevará el salario mínimo a $437.000 en abril de 2027. Para los trabajadores jornalizados, el valor inicial será de $1.919 por hora y también tendrá actualizaciones durante los próximos meses.
Cuánto será el salario mínimo mes a mes
El cronograma dispuesto por el Gobierno contempla los siguientes valores para quienes cumplen la jornada legal completa:
- Septiembre de 2026: $383.800 mensuales y $1.919 por hora.
- Octubre de 2026: $391.200 mensuales y $1.956 por hora.
- Noviembre de 2026: $398.800 mensuales y $1.994 por hora.
- Diciembre de 2026: $406.400 mensuales y $2.032 por hora.
- Enero de 2027: $414.200 mensuales y $2.071 por hora.
- Febrero de 2027: $422.000 mensuales y $2.110 por hora.
- Marzo de 2027: $429.600 mensuales y $2.148 por hora.
- Abril de 2027: $437.000 mensuales y $2.185 por hora.
Los montos fijados para los trabajadores mensualizados corresponden a quienes cumplen la jornada legal completa. En los casos de jornadas inferiores, el salario deberá calcularse de manera proporcional.
La actualización alcanza a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y a quienes se desempeñan en la Administración Pública Nacional y en organismos y entidades del Estado nacional que actúan como empleadores.
Cómo se definió el nuevo salario mínimo
La decisión del Ejecutivo llegó después de la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, realizada el 28 de agosto. El encuentro terminó sin consenso entre las partes y, ante la falta de acuerdo, el Gobierno quedó habilitado a establecer los nuevos valores mediante un laudo.
La CGT y las dos CTA habían rechazado la propuesta presentada por el sector empresario, que planteaba una actualización del 1,8% para septiembre y aumentos del 1,7% para los meses posteriores hasta abril. Tras no alcanzarse un entendimiento, la definición quedó en manos del Poder Ejecutivo.
Qué pasará con la prestación por desempleo
La resolución también mantiene el mecanismo para determinar la Prestación por Desempleo. El beneficio equivale al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual neta que haya percibido el trabajador durante los seis meses anteriores al final de la relación laboral.
A su vez, la prestación tiene límites vinculados directamente con el salario mínimo vigente. No puede ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil ni superar el equivalente al 100% de ese valor.
Por lo tanto, tanto el piso como el techo de la prestación se modificarán de manera automática a medida que entren en vigencia los distintos valores establecidos hasta abril de 2027.
El salario mínimo perdió poder de compra
La nueva actualización se produce en un contexto de fuerte pérdida del poder adquisitivo del salario mínimo. Un trabajo del Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la UBA estimó que el valor real acumuló una caída del 40,5% entre noviembre de 2023 y julio de 2026.
Según ese análisis, el salario mínimo equivalente en términos reales pasó de $626.106 en noviembre de 2023 a $372.400 en julio de 2026. El nuevo esquema de aumentos busca actualizar el piso legal, aunque el impacto sobre el poder de compra dependerá de la evolución de los precios durante los próximos meses.
Qué ocurre con los salarios de convenio
La discusión sobre el salario mínimo también se desarrolla en paralelo con las negociaciones colectivas. Desde el Gobierno se planteó a empresarios y sindicatos la posibilidad de discutir nuevos acuerdos que eleven los pisos de los salarios de convenio hasta alrededor de $1 millón bruto.
Desde el Ejecutivo aclararon que se trata de una sugerencia y no de una obligación establecida para todos los convenios. La Secretaría de Trabajo mantiene, además, la responsabilidad de homologar los acuerdos que alcancen las distintas organizaciones sindicales y empresarias.