El Gobierno promulgó la reforma laboral: desde cuándo rige y todas las claves
El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, aprobada hace una semana por el Congreso. La norma fue publicada en el Boletín Oficial y comenzó a regir desde este 6 de marzo con cambios en indemnizaciones, vacaciones, horas extras y régimen salarial.
La ley, identificada como 27.802, introduce modificaciones en la Ley de Contrato de Trabajo y establece un nuevo esquema laboral dividido en 25 capítulos. Entre los puntos centrales aparecen la reducción de la base de cálculo para indemnizaciones, la creación de un fondo para despidos, la posibilidad de fraccionar vacaciones y un sistema de banco de horas para compensar horas extras con descanso.
La reforma también habilita el pago de salarios en dinero —en moneda nacional o extranjera— y contempla la posibilidad de incluir pagos en especie como alimentos o vivienda. Además, incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá establecerse en convenios colectivos o acuerdos por empresa para premiar productividad o desempeño.
En materia de indemnizaciones, se excluyen del cálculo conceptos como aguinaldo, vacaciones, premios o propinas. También se fija un tope que no podrá superar tres veces el salario promedio mensual del convenio correspondiente, y las compensaciones se actualizarán por inflación más un adicional anual del 3%.
La norma crea además el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que se financiará con aportes obligatorios de los empleadores. El aporte será del 1% para grandes empresas y del 2,5% para pymes, y su administración quedará bajo la órbita de la Comisión Nacional de Valores.
En cuanto a las vacaciones, se establece que deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque empleador y trabajador podrán acordar otro período. También se habilita su fraccionamiento en períodos mínimos de siete días.
La ley incorpora un sistema voluntario de banco de horas que permitirá compensar horas extraordinarias con descansos, siempre mediante acuerdo escrito entre las partes y respetando los descansos legales.
Además, fija porcentajes mínimos de funcionamiento durante huelgas: 75% en servicios esenciales y 50% en actividades consideradas trascendentales. También obliga a los sindicatos a presentar un plan de ejecución de la medida de fuerza una vez finalizada una conciliación obligatoria.
Por otra parte, se crea el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), que por un año reducirá contribuciones patronales al 8% por cada nuevo trabajador registrado.
La norma que comenzó a regir este viernes señala que sus disposiciones no serán aplicables a los dependientes de la Administración Pública; al personal de casas particulares; a los trabajadores agrarios; a los prestadores independientes de plataformas tecnológicas y a contratistas regulados por el Código Civil y Comercial.
