El ENACOM eliminó la obligatoriedad de incluir canales de noticias en los servicios de TV
El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) anunció la eliminación de la obligación de incluir «contenido informativo eminentemente federal». Es decir, los canales de noticias, en las grillas de los servicios de televisión por cable o satélite. Esta medida fue formalizada mediante la resolución 1094/2024, publicada esta mañana en el Boletín Oficial.
La principal intención detrás de esta resolución es alinearse con el Decreto N°70/2023, que busca otorgarle al sistema de comunicaciones mayor libertad para su desarrollo. Como consecuencia, el «Reglamento general de los servicios de televisión por suscripción por vínculo físico y/o radioeléctrico y satelital» (Resolución 1491/2020) queda derogado. Este reglamento anterior obligaba la inclusión de determinadas señales de contenido informativo federal en las grillas. Buscando equilibrar la representación informativa en la programación televisiva.
Declaraciones oficiales
El vocero presidencial, Manuel Adorni, explicó el lunes que con esta nueva medida se «van a corregir las asimetrías entre los servicios TIC y los servicios audiovisuales». Adorni destacó que, «siguiendo los lineamientos del decreto 70/2023, que incluye modificaciones a la ley 27.078 Argentina Digital, el ENACOM va a derogar la resolución 1491/2020, así como también la obligación de incluir señales de carácter informativo en la grilla de programación». Este cambio pretende simplificar la estructura regulatoria y reducir la burocracia en el sector de las comunicaciones audiovisuales.
Reacciones y opiniones del público
La eliminación de esta obligatoriedad ha generado diversas opiniones entre actores del sector y el público en general. Mientras algunos ven la medida como una oportunidad para aumentar la diversidad y libertad de los contenidos televisivos, otros expresan preocupación sobre la posible reducción en la cobertura informativa federal y el acceso a noticias de ámbito nacional.