La legisladora porteña Vanina Biasi irá a juicio oral por expresiones antisemitas en redes
El juez federal Daniel Rafecas resolvió elevar a juicio oral a la legisladora de la Ciudad de Buenos Aires Vanina Biasi, dirigente del Partido Obrero, por presunta instigación a la violencia y actos discriminatorios contra la comunidad judía, a raíz de una serie de publicaciones realizadas en la red social X.
La decisión judicial dio por concluida la etapa de investigación y consideró que los mensajes difundidos por la legisladora excedieron los márgenes de la libertad de expresión, al promover un discurso de odio con potencial lesivo contra un colectivo históricamente vulnerado.
El análisis del juez Rafecas
En la resolución de elevación a juicio, Rafecas sostuvo que del análisis integral de las publicaciones surge que Biasi “alentó un discurso que interpela a la comunidad judía como un todo, atribuyéndole conductas criminales y deshumanizantes”. Para el magistrado, ese encuadre configura una forma de incitación a la discriminación contemplada por la legislación vigente.
Además, el juez advirtió que el uso de la red social X, por su difusión inmediata y alcance indeterminado, potencia el riesgo de propagación de discursos de odio, lo que incrementa la gravedad institucional del caso.
El delito imputado y el marco legal
Biasi será juzgada como presunta autora del delito de incitación a la discriminación, previsto en el artículo 3 de la Ley 23.592, que establece penas de entre un mes y tres años de prisión para quienes alienten o inciten al odio contra personas o grupos por motivos raciales o religiosos.
El procesamiento de la legisladora fue confirmado por la Cámara Federal porteña y también superó una instancia de revisión ante la Cámara de Casación Penal, que rechazó los recursos presentados por su defensa.
Los mensajes bajo investigación
La causa analizó ocho publicaciones realizadas entre el 27 de noviembre de 2023 y el 29 de enero de 2024 desde la cuenta verificada de Biasi en la red social X (@vaninabiasi). Entre los mensajes cuestionados se incluyeron expresiones como: “Sionismo es genocidio. Sionismo es apartheid”; “El Estado sionista es nazi por sus prácticas y su ideología”. Y referencias que, según la acusación, equipararon a la comunidad judía con prácticas criminales.
Para Rafecas, esas expresiones “no se agotan en una crítica política”, sino que impactan de manera directa sobre la dignidad de un colectivo, al generalizar y atribuirle conductas violentas.
Quién juzgará el caso
El juicio oral se desarrollará ante un tribunal unipersonal y estará a cargo del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, quien resultó sorteado en los tribunales federales de Retiro.
La investigación fue impulsada por una denuncia del fiscal federal Carlos Stornelli y contó con la querella de la DAIA, que sostuvo que los mensajes constituyeron actos discriminatorios de carácter antisemita.
El recorrido judicial del expediente
Biasi asumió su banca en la Legislatura porteña ya procesada, sin prisión preventiva y con un embargo de diez millones de pesos. El fiscal del caso, Eduardo Taiano, solicitó la elevación a juicio al considerar que las expresiones tenían “virtualidad suficiente para incitar al odio”. Y agravadas por la condición pública de la dirigente.
Al confirmar el procesamiento, los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi señalaron que el alcance de los mensajes, difundidos en redes sociales. Y en un contexto de conflicto internacional, excedió los límites constitucionales de la libertad de expresión.
Por su parte, el juez Mariano Llorens advirtió que en el ecosistema digital actual “la distinción entre semitismo y sionismo pierde definición”. Lo que incrementa el riesgo de que discursos políticos deriven en expresiones discriminatorias.
Prevención de discursos de odio
En su resolución, Rafecas subrayó que la decisión apunta a prevenir la propagación de discursos de odio antisemita que puedan derivar en hechos de violencia. Y recordó antecedentes trágicos ocurridos en el país y en el plano internacional.
“El Estado no puede prohibir una idea por resultar ofensiva, pero sí debe intervenir cuando una expresión resulta idónea para lesionar derechos fundamentales o promover el odio contra un colectivo determinado”, concluyó el magistrado.