Como se había anunciado en el marco de la nueva escala que fijó el Gobierno, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 5 de Febrero de 2024 el plazo para la recategorización de monotributistas que corresponden a los meses de julio/diciembre 2024. Este organismo, confirmó que para los pagos obligatorios luego de esta prórroga tendrán efecto entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2024.

¿Qué hay que hacer para recategorizarse?

Hasta el 5 de febrero los contribuyentes deberán evaluar en qué categoría entran y cuáles son sus parámetros como monotributistas, de esta manera, informar los cambios que se produzcan si les toca una categoría distinta o en el caso de quedar bajo el régimen general. Aquellos que permanezcan en el mismo nivel o hayan tenido menos de 6 meses de actividad están eximidos de realizar este trámite obligatorio de recategorización, por el contrario, no deben realizar ninguna acción. La medida responde a las peticiones reiteradas por las entidades de profesionales en economía.

Los nuevos parámetros por categorías cambiaron con la actualización del 40% a partir del 1 de enero de 2024, los valores establecidos quedaron que para la categoría A hasta $2.108.288 de facturación, categoría B hasta $3.133.941, la C hasta $4.387.518, en su lugar la categoría D hasta $5.449.094, la E en $6.416.528, la F en $8.020.660 además los dos escalones más altos quedaron actualizados, por su lado la categoría G hasta $9.624.793 y la H que es la más alta para la prestación de servicios hasta $11.916.410.

Para las 3 categorías de quienes se dedican exclusivamente a la venta de muebles (la I, la J, y la K) los topes de ingresos serán de $13.337.213; $15.285.088 y $16.957.968 respectivamente. Además de esto, los alquileres devengados anualmente vieron un incremento del 110,9%, que no había sido actualizado en julio, esto corresponde a los inmuebles afectados en actividad. En estos casos la cifra más alta es de $1.941.795. Por último, se actualizó además el precio unitario máximo que puede tener un producto comercializado por un monotributista, a partir de enero es de $180.589.