El Gobierno oficializó la Ley de Emergencia en Discapacidad: los cambios clave
El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial y dejó formalmente en marcha su aplicación. La norma había sido sancionada por el Congreso en 2025, pero no se ejecutaba de manera plena.
La decisión se produjo después de una sentencia judicial que ordenó al Estado implementarla, al considerar inválido el freno vinculado a cuestiones presupuestarias. Con el Decreto 84/2026, el Ejecutivo fijó el marco operativo de la Ley 27.793, que declara la emergencia en el área.
La vigencia de la ley se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026 y puede prorrogarse por un año más. La reglamentación abarca políticas públicas, prestaciones y el sistema de pensiones vinculadas a discapacidad.
Uno de los puntos centrales es la creación de un nuevo esquema para las pensiones no contributivas por discapacidad. El decreto establece criterios de acceso, permanencia, incompatibilidades y procedimientos administrativos, además de auditorías para el control del sistema.

Las pensiones otorgadas con anterioridad serán convertidas de oficio a la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social. Ese proceso implicará tareas de identificación y verificación de cada prestación alcanzada.
La Secretaría Nacional de Discapacidad, bajo la órbita del Ministerio de Salud, refuerza su rol en la implementación. También deberá convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar criterios de evaluación socioeconómica y presentar en 30 días un plan de auditorías periódicas.
El decreto ratifica los mecanismos de participación de organismos y consejos del área y prevé esquemas de cooperación entre Nación, provincias y Ciudad de Buenos Aires. En los considerandos, el Ejecutivo señaló que dicta la reglamentación para dar precisión operativa, ordenar la aplicación y fortalecer controles.