Milei firmó el decreto para nombrar a Lijo y García-Mansilla en la Corte Suprema de Justicia
Ante la falta de acuerdo político entre los bloques del Senado, el presidente Javier Milei firmó el decreto para nombrar a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en la Corte Suprema de Justicia. Pese al rechazo de la oposición, el Gobierno busca que asuman cuanto antes sus cargos. La designación quedó plasmada en el decreto 137/2025 publicado en el Boletín Oficial. Ahora, el máximo tribunal debe resolver si convalidará o desconocerá el documento firmado por el mandatario, algo que podría suceder en las próximas horas. Tras concretar los nombramientos, los bloques opositores lanzaron duras críticas contra el Gobierno por considerarlo una «violación a la Constitución Nacional».
De momento, Lijo tenía previsto presentar un pedido de licencia extraordinaria. Esto se debe a su función como juez federal en dos juzgados de Comodoro Py. El proceso requerirá de la intervención de la Cámara Federal y, luego, de la propia Corte, que preside Horacio Rosatti, y que integran Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Hay jurisprudencia que avala y otra que rechaza la retención de un juzgado inferior para cumplir una función provisoria de una instancia superior. Se trata de una instancia donde el Gobierno no podrá intervenir.
Comunicado oficial
El objetivo del Gobierno es que tanto Lijo como García-Mansilla estén presentes en la apertura de sesiones del sábado, simbolizando la nueva etapa para la Justicia. A través de un comunicado oficial, el Gobierno planteó la defensa de esta decisión y aseguró que «no tolera ni tolerará que los intereses de la política se impongan por sobre los del pueblo argentino, bajo ninguna circunstancia”.
En el mismo texto, el Ejecutivo manifestó tener las facultades necesarias para llevar a cabo esta proposición. “La Constitución Nacional faculta al Presidente a cubrir las vacantes de empleos que requieran el acuerdo del Senado y que se produzcan durante su receso, mediante nombramientos en comisión que expirarán al finalizar la próxima legislatura», señalaron.
«Es fundamental recordar que la Constitución Nacional, en su artículo 99, inciso 4, establece como atribución exclusiva del Presidente el nombramiento de los jueces de la Corte Suprema. El Senado debe expresar acuerdo o rechazar las propuestas presidenciales, sin que en ningún caso pueda proponer candidatos, para lo cual debe realizar un análisis objetivo basado en la idoneidad de los postulados y no en intereses meramente políticos», argumentaron desde el Gobierno.
Críticas de toda la oposición
La medida recibió fuertes cuestionamientos desde todos los sectores de la oposición. El PRO, la UCR, la Coalición Cívica, Encuentro Federal, la izquierda y el kirchnerismo criticaron ferozmente el decreto. Desde el interbloque de senadores y senadoras nacionales de Unión por la Patria calificaron la maniobra como una violación «tajante» de lo «dispuesto por la Constitución Nacional y la normativa vigente”.