Triangulación de prepagas: obras sociales presentaron un amparo en la Justicia para evitar su eliminación
La decisión del Gobierno nacional de eliminar de manera inmediata la triangulación de aportes de la seguridad social (prepagas) ha provocado una fuerte reacción en el sector. En las últimas horas, tres obras sociales presentaron amparos en la Justicia para frenar la medida, y se espera que en los próximos días se sumen nuevas presentaciones. Las entidades que acudieron a los tribunales son la Obra Social del Personal del Automóvil Club Argentino (Ospaca), la Obra Social del Personal Naval (Ospena) y la Obra Social del Personal Mosaistas (OSPM).
El objetivo del Gobierno con esta resolución es poner fin a los llamados «sellos de goma», es decir, aquellas obras sociales que se quedaban con un porcentaje de los aportes de los trabajadores desregulados antes de derivar el resto a las prepagas. Sin embargo, no todas las entidades afectadas operaban bajo ese esquema, ya que algunas contaban con su propia red de prestadores y cumplían un rol activo en la cobertura médica de sus afiliados.
Reclamos judiciales y cuestionamientos legales
Los amparos fueron presentados ante los Juzgados Civiles y Comerciales 5, 7 y 10, en contra del Ministerio de Salud y la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), organismos responsables de la resolución publicada el 31 de enero, la cual estableció que los aportes de los afiliados sean transferidos directamente a las prepagas.
En su presentación, la abogada María Laura Tochi, representante de Ospaca, argumentó que la medida es inconstitucional, ya que viola el derecho de propiedad de las obras sociales al disponer unilateralmente sobre los aportes y contribuciones que forman parte del sistema de seguridad social. La letrada advirtió que la normativa vigente otorga a estos fondos un carácter colectivo y solidario, destinados exclusivamente a financiar el sistema de salud y no como pagos por servicios prestados.
Según la presentación judicial, esta medida equivale a una «expropiación encubierta» sin compensación ni debido proceso, en contradicción con el artículo 17 de la Constitución Nacional. Además, se advierte que la eliminación abrupta de los aportes pone en riesgo la estabilidad financiera de las obras sociales, afectando su capacidad para garantizar la cobertura médica de los afiliados que aún permanecen en el sistema.
