El poder Ejecutivo Nacional dispuso extender el plazo para la recategorización del monotributo
Como se había anunciado en el marco de la nueva escala que fijó el Gobierno, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 5 de Febrero de 2024 el plazo para la recategorización de monotributistas que corresponden a los meses de julio/diciembre 2024. Este organismo, confirmó que para los pagos obligatorios luego de esta prórroga tendrán efecto entre el 1 de febrero y el 31 de julio de 2024.
¿Qué hay que hacer para recategorizarse?
Hasta el 5 de febrero los contribuyentes deberán evaluar en qué categoría entran y cuáles son sus parámetros como monotributistas, de esta manera, informar los cambios que se produzcan si les toca una categoría distinta o en el caso de quedar bajo el régimen general. Aquellos que permanezcan en el mismo nivel o hayan tenido menos de 6 meses de actividad están eximidos de realizar este trámite obligatorio de recategorización, por el contrario, no deben realizar ninguna acción. La medida responde a las peticiones reiteradas por las entidades de profesionales en economía.
Los nuevos parámetros por categorías cambiaron con la actualización del 40% a partir del 1 de enero de 2024, los valores establecidos quedaron que para la categoría A hasta $2.108.288 de facturación, categoría B hasta $3.133.941, la C hasta $4.387.518, en su lugar la categoría D hasta $5.449.094, la E en $6.416.528, la F en $8.020.660 además los dos escalones más altos quedaron actualizados, por su lado la categoría G hasta $9.624.793 y la H que es la más alta para la prestación de servicios hasta $11.916.410.
Para las 3 categorías de quienes se dedican exclusivamente a la venta de muebles (la I, la J, y la K) los topes de ingresos serán de $13.337.213; $15.285.088 y $16.957.968 respectivamente. Además de esto, los alquileres devengados anualmente vieron un incremento del 110,9%, que no había sido actualizado en julio, esto corresponde a los inmuebles afectados en actividad. En estos casos la cifra más alta es de $1.941.795. Por último, se actualizó además el precio unitario máximo que puede tener un producto comercializado por un monotributista, a partir de enero es de $180.589.