
Monotributo: el Gobierno oficializó cambios y puso una fecha límite para la recategorización

El Gobierno inició el proceso de recategorización de monotributistas a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Desde el organismo, señalaron que el período para realizar los trámites se extenderá del 15 de enero al 5 de febrero como fecha límite. Se utilizará un sistema simplificado que permitirá acceder a través de la web o la aplicación. La decisión del ejecutivo busca reducir el impacto económico a los contribuyentes y facilitar la disponibilidad de bienes esenciales en el mercado interno. Las modificaciones quedaron plasmadas en la Resolución General 5637/2025 en el Boletín Oficial. De esta manera, se establecieron los períodos que se tendrán en cuenta para el cálculo de la categoría a la que traspasarán, dependiendo de las declaraciones.
A partir de ahora, se contemplará la información suministrada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) como base de cálculo. De acuerdo con el porcentaje de variación informado por el INDEC, la actualización de los niveles se realizará en los meses de enero y julio, teniendo en cuenta los semestres previos concluidos en junio y diciembre, respectivamente. Por otro lado, se agilizaron los procedimientos para la recategorización en función de los datos registrados en ARCA. Posteriormente, las resoluciones se notificarán en el Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los 10 días hábiles posteriores al vencimiento del período de cambio.
Categorías
Aún se espera la publicación de las nuevas escalas. No obstante, es posible realizar un cálculo aproximado en base a la inflación acumulada en el segundo semestre de 2024. Según el INDEC, el semestre cerró con una inflación del 21,14%. De este modo, las categorías quedarían conformadas del siguiente modo.
- La categoría “A” ahora incluirá a quienes perciban hasta $7.813.530. En tanto, el impuesto total a pagar pasará de $26.600 a $32.223.
- La categoría “B” será para quienes ganen hasta $11.447.730 brutos anuales, aplicando un impuesto mensual total de $36.681 a partir de febrero.
- La categoría “C” llegará hasta los $16.051.050 de ingresos brutos y el impuesto será de $42.954.
- La categoría “D”, saltará a $19.927.530. El impuesto final será de $55.050
- La categoría “E” incluirá a partir del 15 de enero a quienes ganen hasta $23.440.590. Cabe aclarar que el impuesto a pagar es diferente, según si el contribuyente se dedica a la venta de bienes o a la prestación de servicios. En el primer caso, pagará $77.951 mensuales y en el segundo tributará $70.440.
- La categoría “F”, contribuyentes con ingresos de hasta $29.376.450. El impuesto será de $98.103 para bienes y de $84.535 para servicios.
- La categoría “G” será para quienes ganen hasta $35.130.600 y el impuesto irá de $103.328 a $149.845, dependiendo de la actividad.
- La categoría “H” abarcará a los trabajadores con ingresos brutos de hasta $53.301.600 anuales. En ese caso, el impuesto será de $340.081 para bienes y de $206.827 para servicios.
- La categoría “I”, saltará a $59.661.450 de ingresos brutos máximos anuales. El impuesto será de $627.030 para quienes se dedican a la venta de bienes y de $309.038 para quienes prestan algún servicio.
- La categoría “J”, en tanto, será para quienes ganen hasta $68.322.960 mensuales. Esos contribuyentes deberán pagar $377.873 por servicios o 759.464 por bienes.
- La categoría “K”, que tenía un ingreso bruto máximo de $68.000.000 anuales, a partir de ahora llegará a $82.375.200. Si el contribuyente se dedica a la venta de bienes, deberá pagar $1.050.386 y si presta servicios, tendrá que pagar $456.800.