La Justicia dispuso que Cristian “Pity” Álvarez permanezca internado durante 90 días y ordenó que sea derivado a una institución especializada en salud mental cuando su estado clínico lo permita. La decisión fue tomada después de que el músico intentara abandonar el Hospital Tornú, donde se encontraba internado por una crisis hipertensiva.

Por el momento, Álvarez continuará en el mismo centro de salud hasta que pueda concretarse una eventual derivación. El Juzgado Civil también solicitó al director del hospital que presente cada 30 días un informe sobre su evolución y comunique cualquier circunstancia relevante.

La resolución establece que la internación debe mantenerse durante el período indicado y que, si fuera necesario extenderla después de los 90 días, esa situación deberá ser comunicada para una nueva evaluación judicial. También se dispuso que el hospital adopte las medidas de seguridad necesarias para evitar que el paciente abandone el tratamiento antes de recibir el alta médica, incluso con la posibilidad de disponer una consigna policial.

En paralelo, la Justicia pidió a la Clínica Dharma que informe en un plazo de 48 horas si cuenta con una vacante para recibir al músico bajo una eventual internación voluntaria. Si Álvarez estuviera en condiciones de ser trasladado a una institución especializada, también se solicitó a SADAIC que gestione de manera urgente una plaza en alguna de sus prestadoras.

La decisión se conoce mientras continúa el proceso penal contra Álvarez por el crimen de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido en 2018. Ahora, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 29 deberá determinar cómo continuará el juicio frente a la situación actual del músico.

Qué había informado la Clínica Dharma

Antes de esta resolución, la Clínica Dharma había evaluado a Álvarez el 23 de septiembre. En ese informe, según consta en la documentación incorporada al caso, los profesionales señalaron que en ese momento consideraban que existía un criterio de internación psiquiátrica y describieron un riesgo para el propio paciente y para terceros.

La clínica explicó que esa conclusión no había sido incluida inicialmente en el informe porque habitualmente se espera a que el paciente complete su evaluación clínica antes de definir una indicación de ese tipo. Además, todavía quedaban estudios médicos pendientes en distintas especialidades.

El documento también vinculó la evaluación psiquiátrica con un cuadro de consumo problemático de múltiples sustancias y describió alteraciones de conducta que, según los profesionales, requerían una intervención especializada. Esas conclusiones forman parte del informe médico y fueron consideradas en el marco de la decisión judicial.

La resolución establece, además, que la internación debe ser revisada y mantenerse únicamente mientras persistan las circunstancias que dieron origen a la medida. Si esas condiciones desaparecen, la normativa citada por el juzgado contempla la posibilidad de disponer el alta sin necesidad de una nueva orden judicial.