El día de hoy, se conoció que en las plataformas oficiales del Poder Judicial de Tucumán, aparecen dos textos diferentes sobre la sentencia que permitió adelantar los comicios provinciales. Se refiere a un pronunciamiento de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. El mismo, que hace cuatro años permitió anticipar las elecciones de 2019, tiene dos versiones digitales distintas sobre una misma sentencia. 

Las diferencias en esos escritos se encuentran en su resolución y en el alcance que le da a la decisión de los jueces. En uno, se rebate el artículo 43, que dispone que los comicios deben realizarse dos meses antes de que expiren los mandatos provinciales. Como esto ocurre el 29 de octubre, hay que votar el último domingo de agosto. Pero la otra versión dice que la determinación de los magistrados, sólo se aplica para la votación de 2019.

La Justicia va a tener que aclarar esto, porque no se trata de un asunto menor”, manifiesto el apoderado del Partido de la Justicia Social, Álvaro Contreras. El abogado advirtió la existencia de esos documentos, cuando elaboraba el planteo judicial interpuesto el lunes por el intendente de la Capital, Germán Alfaro. El recurso fue presentado para que se rechace el amparo interpuesto por el PJ para que este año, otra vez, se adelante la fecha de las elecciones provinciales.

“La cuestión es seria porque no se sabe cuál es el trasfondo jurisprudencial concreto”, puntualizó el letrado. Contreras remarcó que una versión de la sentencia 1.028 fulmina de nulidad el plazo electoral establecido por la Constitución. Mientras que la otra versión sólo lo declara inconstitucional para un caso que ya pasó en 2019.