El Gobierno nacional habilitó la importación de vehículos usados especiales: casas rodantes, grúas y más
El Gobierno nacional habilitó oficialmente la importación de vehículos usados para usos especiales, entre ellos las populares casas rodantes autopropulsadas. La medida fue formalizada a través del decreto 293/2025 publicado este viernes en el Boletín Oficial, bajo la firma de la Secretaría de Industria y Comercio que encabeza Esteban Marzoratti.
El objetivo, según detallaron desde la cartera, es permitir el ingreso de vehículos que, por sus características o costos, son difíciles de adquirir nuevos en el mercado local. Esto representa un beneficio tanto para empresas con necesidades logísticas específicas como para particulares interesados en motorhomes para uso recreativo.
Entre los vehículos autorizados figuran camiones de bomberos, grúas de gran tamaño, equipos utilizados en minería, tractores forestales y casas rodantes con motor propio. Todos los vehículos autopropulsados podrán ingresar bajo este esquema, siempre que cumplan con ciertos requisitos técnicos y legales.
En el caso de los vehículos que vayan a circular por la vía pública, como los motorhomes, deberán ajustarse a las normas de Seguridad Vial y ambientales establecidas por la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
Requisitos técnicos y excepciones al acuerdo con Brasil
La normativa actualiza y reemplaza procedimientos que estaban vigentes desde 1999, y que prohibían la nacionalización de vehículos usados salvo excepciones puntuales. La importación de autos usados convencionales continúa vedada por el Acuerdo de Complementación Económica N.º 14 firmado con Brasil, que rige hasta 2029.
Ese mismo acuerdo frustró el proyecto impulsado por Federico Sturzenegger para permitir a ciudadanos argentinos importar vehículos usados de uso particular. La nueva disposición se limita a usos específicos, lo que evita entrar en conflicto con las normas del Mercosur.
La lista completa de vehículos admitidos
- Tractores y vehículos pesados con tracción especial (4×4 o 6×6).
- Tractores para semirremolques fuera de carretera.
- Motorhomes autoportantes (no remolques).
- Grúas de alta capacidad para construcción.
- Camiones especializados de cuatro o más ejes.
- Máquinas forestales autopropulsadas.
- Camiones de carga pesada con capacidad de hasta 20 toneladas.
- Vehículos para servicios específicos como quitanieves, camiones de bomberos, bombas de hormigón o limpieza de redes.
Normas para la circulación y el patentamiento
El decreto aclara que los vehículos incluidos en el régimen, siempre que estén habilitados para circular por vía pública, deberán respetar todas las exigencias técnicas y legales. Esto incluye contar con certificaciones de seguridad y emisiones que sean equivalentes a las exigidas en la Argentina.
Además, se permitirá utilizar certificaciones internacionales como respaldo para el proceso de homologación y patentamiento, tal como ocurre con los vehículos 0 km importados por personas físicas en la actualidad.
