La Corte Suprema de Justicia avaló el uso medicinal de cannabis
La Corte Suprema de Justicia rechazó los planteos de inconstitucionalidad contra las normas de autocultivo de cannabis medicinal. De esta forma avala la despenalización del cultivo, uso y transporte de dicha planta para pacientes autorizados por el Ministerio de Salud de la Nación.
En el fallo unánime, el tribunal superior entiende que el planteo de Mamás Cannabis Medicinal para el consumo de los menores a su cargo debe abordarse desde el derecho a la salud y no desde el derecho a la intimidad, como lo habían planteado antes desde la organización.
Con respecto al decreto 883/2020 que posibilita la obtención de una autorización estatal para el cultivo de la planta de cannabis con fines terapéuticos, la Corte remarcó que la normativa que despenaliza la actividad con fines medicinales por parte de las madres de pacientes menores de edad, es razonable.
La regularización contempla que el paciente o su familiar autorizado por el Ministerio de Salud de la Nación puede tener entre una y nueve plantas y transportar hasta 40 gramos de flores secas. Para acceder al certificado que autoriza la actividad es necesario realizar un trámite online con la cuenta de Mi Argentina en el REPROCANN.
