Educación vial: qué dice la ley sobre las luces bajas y automáticas para circular en el país
Antes de emprender un viaje por las rutas argentinas, no solo es esencial verificar el estado técnico del vehículo y contar con la documentación necesaria, sino también entender las normativas vigentes sobre las luces del automóvil. Recientemente, se han reportado multas en provincias como Córdoba debido a criterios diferenciados sobre el uso de luces bajas y automáticas.
Un caso que resonó en los medios involucró a un conductor multado, primero, por circular con las luces automáticas y, luego, por usar las luces bajas en lugar de las automáticas. Este tipo de confusiones pone de manifiesto la necesidad de conocer las especificaciones legales y las variaciones entre jurisdicciones.
Normativa nacional sobre luces en tránsito
La Ley Nacional de Tránsito N.º 27.425, que modificó parcialmente la Ley N.º 24.449, establece en su artículo 47, inciso “a”, que es obligatorio circular por rutas nacionales con luces bajas o luces diurnas (sistema DRL) encendidas en todo momento, tanto de día como de noche. Este requerimiento es independiente de las condiciones de luz natural o visibilidad, salvo en situaciones específicas como cruces ferroviales o cuando sea necesario usar luces altas.
El sistema DRL, presente en muchos vehículos modernos, activa automáticamente luces mínimas al encender el motor y es independiente del sistema principal de iluminación. Aunque las luces automáticas funcionan de manera diferente —ajustándose según la luz ambiental— los vehículos con esta función suelen tener el DRL activo al circular. Por ello, en teoría, no debería haber problemas legales al usar este modo, siempre que la normativa provincial lo permita.
Discrepancias provinciales y jurisdicciones adheridas
Sin embargo, las leyes de tránsito tienen un carácter jurisdiccional, lo que permite que cada provincia decida adherir o no a las normativas nacionales. Por ejemplo, Córdoba no se ha adherido a la modificación de 2017 y exige el uso exclusivo de luces bajas, considerando que las luces diurnas o automáticas no cumplen con su regulación local.
Por el contrario, provincias como Chaco y Mendoza han adoptado la normativa nacional, permitiendo la circulación con luces DRL sin riesgo de multas. En la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 2148 complementa la nacional y establece la obligatoriedad del uso de luces bajas en autopistas y avenidas como la Gral. Paz, Lugones e Intendente Cantilo durante las 24 horas.
Sin embargo, en esta misma legislación se detalla que, bajo condiciones de buena visibilidad, no se requieren luces bajas si el sistema DRL está activo, siempre que cumpla con los estándares de iluminación mínima exigidos.
Para evitar inconvenientes, los conductores deben familiarizarse con las leyes locales de tránsito en cada provincia por la que planeen viajar. Además, es fundamental tener en cuenta que, en caso de dudas, optar por luces bajas manuales puede ser una alternativa segura para cumplir con las normativas en cualquier jurisdicción.

