Blanqueo de capitales: qué propone el proyecto
El Gobierno nacional presentó una nueva propuesta de Ley de Blanqueo de capitales como parte de sus esfuerzos por obtener dólares. El proyecto, fruto de un acuerdo entre el equipo de Sergio Massa y la FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) de Estados Unidos, busca establecer las claves del blanqueo, incluyendo quiénes pueden adherirse, qué bienes pueden ser blanqueados, los beneficios asociados y las exclusiones correspondientes.
El mismo contempla que personas humanas, sucesiones indivisas y empresas sujetas al artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias puedan acogerse al blanqueo. Los bienes susceptibles de ser declarados abarcan la tenencia de moneda nacional y extranjera tanto en el país como en el extranjero, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y otros activos, incluyendo créditos.
En cuanto a las tasas aplicables para la exteriorización de bienes, se establece un régimen escalonado. Para aquellos que opten por la repatriación, las tasas varían desde el 5% hasta el 20%, dependiendo del plazo en que se realice la declaración. Si no se repatrían los bienes, las tasas se incrementan. El proyecto considera repatriación cuando el monto ingresado al país, proveniente de tenencia en moneda extranjera y los ingresos generados por activos financieros, representa al menos un porcentaje determinado por la reglamentación con relación al valor total de los bienes declarados.
La iniciativa también introduce un régimen simplificado con una tasa especial del 1,5% aplicable a personas humanas que declaren tenencia de moneda nacional y/o extranjera, siempre y cuando el monto no exceda el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y tenga un límite de USD 50,000.
Beneficios
Entre los beneficios para los participantes bajo la reglamentación, se establece que no se considerarán incrementos patrimoniales no justificados con relación a los bienes declarados. Además, los sujetos comprendidos en el blanqueo estarán exentos de acciones civiles, comerciales, penales tributarias, penales cambiarias, penales aduaneras e infracciones administrativas relacionadas con los bienes blanqueados. Asimismo, quedarán liberados de impuestos no declarados, como Ganancias, impuestos Internos y al Valor Agregado, sobre los Bienes Personales y la contribución especial de cooperativas.
El proyecto establece ciertas exclusiones, como funcionarios públicos y sus familiares directos, así como aquellos que hayan ejercido funciones públicas desde enero de 2010 hasta la fecha de vigencia de la ley, junto con sus cónyuges, convivientes, padres e hijos. También se excluye a aquellos sujetos en quiebra sin posibilidad de continuar con su actividad comercial y a aquellos condenados por delitos relacionados con el incumplimiento tributario, siempre y cuando exista una sentencia firme y la condena no haya sido cumplida.