El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes en hospitales nacionales
El Gobierno reglamentó el procedimiento que permitirá a los hospitales nacionales cobrar por las prestaciones médicas brindadas a extranjeros que no tengan residencia en la Argentina. La medida fue establecida por el Ministerio de Salud y publicada este martes en el Boletín Oficial, en aplicación de uno de los puntos incluidos en la reforma migratoria impulsada en 2025.
La nueva normativa establece un mecanismo común para que los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional puedan recuperar los costos de la atención brindada a personas extranjeras no residentes. Hasta ahora, este aspecto de la reforma migratoria no había sido implementado en el sistema de salud.
Cómo deberán pagar los extranjeros no residentes
La reglamentación contempla dos alternativas, dependiendo de si la persona cuenta o no con cobertura médica. Cuando el paciente tenga un seguro de salud, el hospital podrá facturar directamente a la compañía aseguradora el costo de las prestaciones realizadas.
En cambio, quienes no cuenten con un seguro deberán abonar previamente la atención correspondiente. La implementación del mecanismo quedará a cargo de cada hospital nacional, que deberá establecer los procedimientos necesarios para aplicar la normativa.
La medida no modifica el acceso al sistema sanitario para los extranjeros con residencia permanente. Estas personas mantienen las mismas condiciones de atención que los ciudadanos argentinos y deberán acreditar su situación migratoria mediante el DNI.
Qué pasará con las emergencias
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es que las emergencias médicas continuarán siendo atendidas sin importar la situación migratoria del paciente. La normativa establece que estas situaciones «no podrá ser negada ni demorada por trámites administrativos».
La disposición contempla como emergencias aquellas situaciones que representen un riesgo cierto e inminente para la vida o para funciones vitales. Entre los casos mencionados se encuentran los infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales.
Una vez controlada la situación de urgencia, las prestaciones que continúen podrán ser facturadas al paciente o a su aseguradora, según corresponda.
Qué establece la reforma migratoria
El nuevo procedimiento sanitario surge del Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, mediante el cual el Gobierno modificó distintos aspectos de la política migratoria. Entre otras disposiciones, aquella reforma incorporó cambios en los requisitos de ingreso al país y estableció nuevas condiciones para acceder a la residencia permanente.
El decreto también contempló la posibilidad de que hospitales y universidades nacionales cobren por sus servicios a extranjeros que no tengan residencia. En el caso de la salud, ese mecanismo no había comenzado a aplicarse hasta la reglamentación conocida este martes.
Desde el Ministerio de Salud señalaron que el objetivo de la resolución es establecer criterios comunes para los hospitales nacionales y ordenar la recuperación de los costos generados por las prestaciones destinadas a extranjeros no residentes.
La decisión se suma a otras medidas adoptadas por el Gobierno en los últimos meses para endurecer su política migratoria. Entre ellas se encuentran iniciativas vinculadas con el acceso de extranjeros a servicios públicos y modificaciones relacionadas con las condiciones de ingreso, permanencia y expulsión del país.