Sueños Compartidos: los detalles de la absolución a Julio De Vido y las condenas a José López y los Schoklender
El Tribunal Oral Federal 5 absolvió al exministro de Planificación Julio De Vido y condenó con penas de ejecución condicional a José López, Sergio Schoklender y Pablo Schoklender en la causa Sueños Compartidos. El expediente investigó el presunto desvío de $206.438.454,05 que habían sido destinados a la construcción de viviendas sociales a través de la Fundación Madres de Plaza de Mayo. También recibió una condena Abel Fatala, exsubsecretario de Obras Públicas. Los fundamentos de la sentencia serán difundidos el 13 de noviembre.
El fallo fue dictado por los jueces Adriana Paliotti, Adrián Grünberg y Daniel Obligado, luego de seis meses de juicio oral. De Vido resultó absuelto por mayoría, al igual que otros exfuncionarios nacionales y de Santiago del Estero que habían llegado al debate. Las condenas tampoco están firmes y pueden ser revisadas por instancias superiores.
José López, exsecretario de Obras Públicas, fue condenado por mayoría a dos años y nueve meses de prisión como coautor de administración fraudulenta agravada. Fatala recibió la misma pena por administración fraudulenta. Sergio Schoklender, exapoderado de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, fue condenado a dos años y ocho meses, mientras que su hermano Pablo Schoklender recibió dos años y cuatro meses.
El tribunal absolvió por unanimidad a Claudio Freidin, exasesor de la Secretaría de Obras Públicas; Carlos Castellano, exfuncionario de Planificación; Daniel Nasif, expresidente del Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo de Santiago del Estero; y Silvia Karina Nasif, exadministrativa de la gobernación santiagueña.
Qué investigó la causa Sueños Compartidos
El expediente examinó el manejo de fondos públicos entregados entre 2005 y 2011 a la Fundación Madres de Plaza de Mayo para construir viviendas sociales. La acusación sostuvo que parte de esos recursos fue desviada y que las obras habían sido adjudicadas directamente bajo un esquema de exclusividad. El monto investigado alcanzó los $206,4 millones.
Según la fiscalía, los proyectos se desarrollaron en distintos puntos del país, entre ellos la Ciudad de Buenos Aires, Tigre, Almirante Brown, Ezeiza, Rosario, Santa Fe, San Carlos de Bariloche, Chaco, Santiago del Estero y Misiones. La acusación también sostuvo que varias obras quedaron inconclusas y posteriormente debieron ser terminadas con otros recursos estatales.
Durante el juicio, el fiscal general Diego Velasco y la representante de la Unidad de Información Financiera, Marianella Teich, habían pedido seis años de prisión e inhabilitación para De Vido, López, los hermanos Schoklender y Fatala. Para otros cuatro acusados reclamaron penas de cuatro años como partícipes necesarios. Todas las defensas solicitaron la absolución y plantearon además la prescripción de la acción penal.
Ese último punto generó una discusión sobre cuál debía considerarse como el acto procesal que interrumpió el plazo de prescripción. Las defensas tomaron como referencia la citación a juicio oral del 8 de julio de 2020. La fiscalía sostuvo, en cambio, que correspondía utilizar el 15 de septiembre de ese año, debido a que la convocatoria anterior había quedado sin efecto.
Las otras condenas de De Vido y López
La absolución en Sueños Compartidos no modifica las condenas recibidas por De Vido en otros expedientes. El exministro acumula sentencias por la tragedia de Once, Trenes Chatarra, GNL, Odebrecht y Skanska. De ese conjunto, la condena a cuatro años por Once es la que se encuentra firme.
López, en tanto, ya tiene tres condenas firmes unificadas en 13 años de prisión por el caso de los bolsos con US$9 millones encontrados en un convento de General Rodríguez, la tenencia ilegítima de un arma y la causa Vialidad. También fue condenado a cinco años e inhabilitación perpetua en el expediente Skanska. Con el veredicto de Sueños Compartidos suma otra sentencia condenatoria, aunque todavía no firme.
A la salida de los tribunales, Sergio Schoklender rechazó la acusación y aseguró que «no se desvió un fondo». También calificó la pena como simbólica y cuestionó el resultado del proceso. La decisión del TOF 5 podrá ser apelada antes de adquirir firmeza.