El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi procesó sin prisión preventiva a 12 integrantes de Greenpeace por una protesta realizada dentro de un sector restringido del Congreso de la Nación. Los activistas están acusados de violación de domicilio y desobediencia a un funcionario público después de haber trepado rejas cerradas con candados para acceder a las escalinatas del Palacio Legislativo.

La manifestación ocurrió el 26 de febrero, en medio del debate por la Ley de Glaciares. Los participantes colocaron siete inodoros plásticos sobre las escaleras y exhibieron carteles con la consigna «Senadores, no se caguen en el agua. La Ley de Glaciares no se toca».

Además del procesamiento, el magistrado dispuso un embargo de $2 millones sobre los bienes de cada imputado. No ordenó prisiones preventivas porque consideró que todos cuentan con arraigo, comparecieron ante la Justicia cuando fueron convocados y no existen elementos que indiquen riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación.

Por qué el juez consideró que la protesta excedió la libertad de expresión

Martínez de Giorgi sostuvo en su resolución que el derecho constitucional a protestar, reunirse y expresarse no habilita el ingreso sin autorización a sectores donde existe una restricción explícita de acceso.

Para el magistrado, las rejas cerradas con candados y el dispositivo de seguridad ubicado alrededor del Congreso constituían una «orden tácita e inequívoca» de que el espacio no podía ser atravesado. Al escalar el vallado, los manifestantes habrían desobedecido deliberadamente esa limitación.

El juez también consideró aplicable la figura de violación de domicilio. Argumentó que un sector restringido de un edificio gubernamental puede quedar comprendido dentro de esa protección penal. Y cuando existe una autoridad que controla quién puede ingresar y quién debe permanecer afuera.

La resolución aclaró que la inexistencia de violencia física, daños materiales o una gran circulación de personas en el momento del hecho no elimina por sí sola la posible responsabilidad penal. Tampoco consideró determinante que no hubiera agentes policiales visibles en el punto exacto por el que ingresaron.

Qué ocurrió durante la protesta

La causa comenzó a partir de un procedimiento realizado por la División Delitos Constitucionales de la Policía Federal Argentina. Los agentes detectaron que un grupo había trepado las rejas del Congreso y accedido a las escalinatas durante la jornada en la que se discutía la normativa sobre glaciares.

Dos participantes fueron detenidos posteriormente cuando se retiraban por Hipólito Yrigoyen, a la altura de Solís.

Durante el procedimiento fueron secuestrados distintos elementos utilizados en la manifestación. Entre ellos una cámara GoPro, equipos de comunicación, un teléfono celular, banderas, carteles y siete inodoros plásticos. Seis de estos últimos llevaban referencias a la Ley de Glaciares.

Los imputados sostuvieron durante sus declaraciones indagatorias que la acción formó parte de una campaña institucional de Greenpeace destinada a defender los glaciares y el ambiente periglacial.

La defensa sostuvo que fue una manifestación pacífica

Los abogados de los activistas argumentaron que la intervención fue pacífica, no produjo daños sobre bienes públicos y no tuvo como objetivo ocupar permanentemente el edificio.

También señalaron que la protesta se realizó en un momento de escasa actividad dentro del Congreso con la intención de evitar interferencias significativas. Esos planteos no fueron suficientes para evitar el procesamiento, aunque podrán ser discutidos en instancias posteriores del expediente.

Los procesados son Marcos Alejandro Policer, Abril Inés Castellano, Manuela Celeste Zalazar, Sol Aylén Klausek, Juana Inés Serra y Mailén Alicia Miranda Vaquera. Carla Mariel Guidi, Luciana Mariel Rivero, Diana Lucía Suárez Smeke, Cynthia Ayelén Moreno Gallo, Iwan Alfredo Núñez Romero y Pablo Alejandro Blefari.

Semanas después de esa manifestación, otro grupo realizó una protesta sobre el Monumento de los Dos Congresos y colocó carteles con mensajes contra posibles modificaciones a la Ley de Glaciares.

El procesamiento dictado por Martínez de Giorgi no equivale a una condena. La causa continuará su trámite y las defensas podrán cuestionar la decisión. Mientras la Justicia deberá determinar en etapas posteriores la responsabilidad penal de cada uno de los acusados.