La Cámara Civil y Comercial de Olavarría, dictaminó que una mujer deberá indemnizar a su expareja con la suma de 200 mil pesos más intereses. El hecho se da tras descubrirse que le había mentido sobre su paternidad. El fallo confirmó la decisión de primera instancia y estableció que la madre cometió un acto antijurídico al ocultar la verdad. Lo que provocó daño moral y lesionó el honor del demandante.

El engaño comenzó en 2002, cuando la pareja, que mantenía una relación sin compromiso, se enteró de que la mujer estaba embarazada. El hombre asumió su paternidad y ambos decidieron vivir juntos. Sin embargo, poco después del nacimiento del bebé, se separaron debido a la supuesta infidelidad del hombre con una compañera de trabajo.

Con el tiempo, surgieron dudas sobre la paternidad del niño, lo que llevó al hombre a iniciar una demanda legal para impugnar su filiación. Un estudio de ADN, ordenado por la Justicia, confirmó que no era el padre biológico del menor, lo que desató una serie de consecuencias emocionales y profesionales para él.

El caso en los Tribunales

Alegando daño moral y viendo afectado su honor, el hombre demandó a su expareja por el engaño sostenido durante años. Detallando que incluso le habría costado su empleo, debido a las frecuentes confrontaciones en su lugar de trabajo. Si bien el hombre solicitó una compensación de 4,6 millones de pesos más intereses, el tribunal finalmente le otorgó una indemnización de 200 mil pesos por daño extrapatrimonial.

El fallo de la Cámara Civil y Comercial de Olavarría, departamento Judicial de Azul, destacó la “conducta antijurídica” de la demandada. Y subrayó el “incumplimiento del deber de no dañar, basándose en el ataque a la buena fe y la confianza”.