Luego de intensos debates, en los primeros días del mes pasado, el Congreso de la Nación aprobó la Ley Olimpia. Esta nueva ley incluye la figura de la violencia digital, a través de la exhibición de fotos y videos sexuales, entre las formas de violencia a las mujeres de la Ley 26.485. Tucumán fue la primera provincia en aplicar dicha ley. Fue en un caso de violencia familiar que afectaba a una mujer y su hija.

La Dra. Mariana Rey, especialista en Familia, brindó declaraciones al respecto. «Era un expediente iniciado en el transcurso de este año en el marco de la violencia familia. Donde estaban involucrados tres miembros de la familia y, dentro de todas las modalidades y repetición de conductas de maltrato y violencia, aparece esta otra. Y que fue denunciada por el Defensor Oficial. Entonces valoramos y entendemos que ya estaba enmarcada como en virtud de esta ley. El propósito es la erradicación de las violencias«.

Se sancionó al imputado por «estar divulgando imágenes en redes sociales, donde esta persona con otras, sin su autorización. Además, se ventilaban algunas circunstancias procesales que también formaban parte de la discreción que deben tener estos datos en la sociedad. Especialmente, cuando la integridad de una persona está en juego», agregó la letrada.

Rey detalló que la Ley Olimpia «complementa la ley anterior», es decir, la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres. En esta se encuentra una serie de sanciones que un juez puede asumir, teniendo en cuenta la modalidad y el tipo de violencia, que la causa acapare. «En este caso, comenzamos con sanciones económicas, pero si la inconducta de esta persona persiste, podemos ir tomando otras más gravosas, va a depender de las circunstancias y de la gravedad«.