La Corte Suprema de Justicia lanzó una nueva medida para asegurar la implementación Cupo Laboral Trans en el Poder Judicial
Recientemente, la Corte Suprema de Justicia acordó la creación de un registro para personas travestis, transexuales y transgénero, aspirantes a trabajar en el Poder Judicial. La medida busca garantizar el cumplimiento de la Ley 27636, orientada a lograr la efectiva inclusión laboral de las personas de dicho grupo. Por ello, también se acordó establecer reservas en los puestos de trabajo, destinados a ser ocupadas exclusivamente por esa población.
Desde que fue aprobada en julio del 2023, la Ley 27636 generó un aumento significativo de personas travestis, transgénero y transexuales que accedieron a un trabajo en el sector público. Aunque de 87 empleos registrados en 2021, escaló a 709 registrados en marzo de este año, continúa siendo un número menor al previsto. De acuerdo a la ley, las dependencias del Estado deben contar con al menos el 1% de trabajadores pertenecientes a esa población, lo cual equivale a 5551 puestos.
Ante la falta de implementación de la Ley, que tiene como fin promover la igualdad de oportunidades, la Corte se vio en la necesidad de sancionar un régimen concerniente a su aplicación en el ámbito del Poder Judicial. Mediante la acordada 23/2023, emitida el viernes pasado, se dispuso que los distintos tribunales que ejerzan la superintendencia del personal, deberán prever la creación del registro antes mencionado.
Allí, se recopilará información como el nombre autopercibido de los aspirantes, sus antecedentes educativos y laborales, así como sus aptitudes laborales. Además, los respectivos registros y aquellos agentes que intervengan en el tratamiento de datos personales, tienen el deber de mantener la confidencialidad de dicha información.
Por otro lado, también se acordó establecer reservas en las vacantes que se produzcan para ser ocupadas exclusivamente por personas travestis, transexuales y transgénero. Esto, con el fin de asegurar el acceso a la cuota del 1% fijada por ley.