El gobierno autorizó el autoservicio de combustible en estaciones de todo el país. Desde ahora, los expendedores podrán adoptar el servicio de manera optativa. La medida quedó habilitada a través del Decreto 46/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial. Según lo establecido en la normativa, las empresas “podrán implementarla en forma total o instalar en su establecimiento solo algunos surtidores de autoservicio”.

Las empresas expendedoras de combustibles que deseen prestar el servicio de autodespacho, deberán solicitar autorización en la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía. Dicho organismo, será el responsable de establecer los requerimientos a cumplir por quienes deseen ofrecer el autoservicio en las estaciones

Sistema de autoservicio

La medida regirá en todo el territorio nacional. Se podrá hacer uso de tanques sobre “el terreno en estaciones de servicio y estaciones de servicio móviles”, bajo determinadas condiciones de seguridad. El decreto señala que “una vez terminado el suministro de combustible se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo”. Una vez acomodada la manguera, “se estará en condiciones de poner en marcha el motor”

En concreto, la medida busca promover el desarrollo de la industria, el avance tecnológico y una mayor oferta de servicios. Entre las consideraciones del Ejecutivo, “el autoservicio de combustibles posibilitará que las estaciones de servicio que actualmente restringen sus horarios comerciales puedan ofrecer un servicio continuo durante las VEINTICUATRO (24) horas del día”. A esto se suma un costo operativo menor y la posibilidad de «mantener los puestos de trabajo en un entorno seguro, por lo que se ofrece como una garantía para el resguardo de la integridad física de los trabajadores de las estaciones de servicio que en determinadas zonas del país se ven expuestos durante el horario nocturno a reiteradas situaciones de violencia e inseguridad”.