El Gobierno flexibilizó el cepo al dólar financiero: quiénes podrán volver a comprar en MEP y CCL
En el día de ayer, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió flexibilizar el cepo cambiario. La entidad eliminó las restricciones para comprar dólar MEP y contado con liquidación (CCL). El cepo a los dólares financieros regía hasta hoy sobre las personas que recibieron ayuda social durante la pandemia o percibían subsidios del Estado en sus tarifas de energía.
“Con esta medida, quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”, indicó el BCRA en un comunicado. El MEP es una forma legal de adquirir moneda extranjera en Argentina que se realiza por medio del mercado de capitales. El proceso consiste en la compra de bonos públicos con pesos y su posterior venta en dólares, generando un tipo de cambio implícito. Por su parte, el dólar Contado con Liquidación (CCL) permite realizar la misma operación pero para llevar esas divisas a una cuenta en el exterior.
Quiénes podrán volver a acceder a los dólares financieros
- Los beneficiarios de refinanciaciones de saldos de tarjeta de crédito durante la pandemia.
- Los beneficiarios de “Créditos a Tasa Cero”, “Créditos a Tasa Cero 2021″, “Créditos a Tasa Cero Cultura” o “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas”;
- Los beneficiarios de programas de asistencia a pymes para el pago de sueldos.
- Los beneficiarios del congelamiento de las cuotas de créditos hipotecarios durante la pandemia.
- Diputados y senadores nacionales, que habían quedado vedados tras una decisión conjunta de ambas cámaras en octubre de 2020.
- Las personas usuarias de servicios públicos que sean beneficiarias del subsidio en las tarifas de suministro de gas natural por red y/o energía eléctrica, ya sea que lo hubieran obtenido por solicitarlo o de manera automática, y/o del subsidio en las tarifas de agua potable.
- Las personas humanas que sean beneficiarias del “Plan de pago de deuda previsional” previsto en la Ley Nº 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional hasta tanto no hayan cancelado la deuda;
- Las personas humanas que sean beneficiarias de los “Créditos Anses”.
- Créditos para trabajadores registrados en el SIPA, según el decreto de septiembre de 2023.