Quienes tienen un contrato de alquiler con la nueva ley, y llevan 12 meses pagando lo mismo deberán prepararse para un aumento impactante en los próximos días. Y es que, desde abril de 2023, esos inquilinos tendrán que abonar por su vivienda casi un 93% más, de lo que desembolsaron en marzo.

El cálculo, por el cual se llega al porcentaje de incremento, contempla las variaciones mensuales, en partes iguales. Es decir, el Índice de Precios al Consumidor (IPC), la inflación, y la variación de los salarios de trabajadores estables (RIPTE). Para muchas familias el ajuste anual de abril será el primero de su contrato. Para otras será el segundo y último, en caso de que hayan iniciado su alquiler en el cuarto mes del 2021.

En cualquier caso, la manera de calcular el nuevo importe, el que regirá para los próximos 12 meses, es la misma. Y es clave para todas las partes conocerla bien. La controvertida ley nacional 27.551 definió que los contratos deben durar al menos tres años. Y estableció que, durante ese período, sobre el precio mensual «sólo pueden realizarse ajustes anuales» con una fórmula determinada.

Es decir, que los aumentos deberían quedar en un punto medio entre lo que hayan avanzado en el último año la inflación general y los salarios de los trabajadores registrados en relación de dependencia. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) es la entidad que elabora y publica ese índice, llamado Índice para Contratos de Locación (ICL). 

Cómo se realiza el cálculo

El aumento para alquileres fue tres puntos porcentuales más alto en marzo en comparación a febrero, siendo un 89,6%. En tanto, el nuevo importe para abril será, en promedio, de 92%.

¿Cómo se llega a este número? Hay diferentes formas por las cuales las personas pueden averiguarlo, tanto de manera manual como automática.

1- Cálculo manual

Si bien uno puede realizar el cálculo por su parte, el Banco Central de la República Argentina publica día a día el Índice para Contratos de Locación (ICL), que puede consultarse en cualquier momento en su sitio web. Este cociente del IPC y RIPTE contempla las condiciones establecidas bajo la Ley 27.551.

2- Cálculos automáticos

Hay formas más sencillas de realizar el cálculo del alquiler, sin la necesidad de realizar cuentas propias. Esto conviene hacerlo días hábiles, dado que el BCRA no actualiza el ICL los sábados, domingos y feriados.

Aquí hay algunos sitios disponibles:

  • Calculadora del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos.
  • Calculadora del Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC).
  • Calculadora de ARquiler.