La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que el gremio de pilotos aeronáuticos deberá notificar con cinco días de anticipación al Estado y a las empresas sobre los paros y medidas de fuerza que realicen. Esta decisión se enmarca en una causa donde se cuestiona la legalidad de dos decretos del gobierno de Javier Milei. Los cuales declararon al sistema de aeronavegación como servicio esencial.

Los decretos 825 y 831 habían sido suspendidos por tres meses tras una medida cautelar presentada por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), liderada por Pablo Biró. La Cámara del Trabajo ratificó la suspensión temporal de estos decretos. Además, dispuso que los gremios deben informar con anticipación las medidas de fuerza, considerando pertinente limitar los alcances de la suspensión.

Los pilotos deberán preavisar cualquier acción directa que afecte la actividad aeronáutica civil aerocomercial. Los jueces argumentaron que esta medida es acorde con el interés público comprometido en un servicio de importancia trascendental. Y, a su vez, no contradice los estándares fijados por el Comité de Libertad Sindical de la OIT.

Es importante destacar que la medida judicial solo rige para APLA y sus afiliados. Otros gremios que no iniciaron acciones legales mantienen la vigencia plena de los decretos. Mientras tanto, el reclamo de fondo sobre la constitucionalidad de los decretos continúa en curso y deberá ser resuelto por la justicia.