A través del Decreto 72/2023, publicado este viernes en el Boletín Oficial, se creó un nuevo mecanismo de «dación en pago». El término se refiere a la posibilidad de cancelar obligaciones y recursos de la seguridad social. Con esta medida, se podrá realizar con bonos o títulos emitidos por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) para la cancelación de obligaciones impositivas y aduaneras.

El decreto establece que los bonos o títulos podrán darse en pago para la cancelación de las obligaciones impositivas y aduaneras vencidas. Obviamente, más sus intereses, multas y accesorios, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Los bonos o títulos a los que hace referencia el Decreto serán aquellos emitidos a partir de la fecha de entrada en vigencia del mismo y hasta el 31 de marzo de 2024. Y expresamente aceptados por la AFIP para tal fin.

La dación en pago de los bonos o títulos se regirá por las disposiciones del decreto. Las cuales son independientes y no se encuentran supeditadas a las reglas contractuales que rijan la emisión de los respectivos bonos o títulos por parte del BCRA. El cómputo de los bonos o títulos emitidos estará limitado a un valor total de u$s3.500 millones. Una vez que sean dados en pago, no se podrá efectuar reclamo alguno al BCRA.

Por último, el Ministerio de Economía, el BCRA y la AFIP, serán los encargados de dictar las normas aclaratorias y complementarias. Que resulten pertinentes a los fines de operativizar lo dispuesto en el decreto. Este mecanismo tiene como objetivo facilitar el pago de las deudas tributarias y aduaneras, y promover la inversión nacional.